Disposición 4331.

Fecha de disposición29 Agosto 2016
Fecha de publicación29 Agosto 2016
SecciónAvisos Oficiales

Disposición 4331/2016

Buenos Aires, 22/08/2016

VISTO el Expediente N° S02:0063274/2016 del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la Ley N° 25.871, la Decisión Administrativa N° 1395 del 20 de diciembre de 2012, la Disposición DNM N° 813 del 4 de abril del 2014 y su modificatoria N° 3843 del 6 de octubre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa N° 1395/12 se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES mientras que mediante la Disposición DNM N° 813/14 y su modificatoria, se aprobaron las aperturas inferiores al primer nivel operativo de la estructura organizativa de esta Dirección Nacional.

Que dicha estructura funcional prevé el funcionamiento de Delegaciones y Oficinas Migratorias en el interior del país, las que se hallan instaladas en puntos estratégicos del territorio nacional.

Que, la DIRECCIÓN DE DELEGACIONES de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES consideró oportuno, en pos de brindar un mejor servicio, la apertura de una Oficina Migratoria que permita hacer frente a las demandas de regularización migratoria en el Partido de Moreno, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, descomprimiendo así la gran afluencia de migrantes que --con domicilio en dicha jurisdicción y localidades vecinas-- deben movilizarse hasta la Sede Central de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

Que, conforme los términos de la Ley N° 25.871, es tarea de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES evaluar las necesidades del público, de manera de poder mejorar el servicio que se brinda tanto en Sede Central como en el interior del país, facilitando el acceso a la regularización migratoria que establece la normativa vigente.

Que esta Oficina Migratoria se limitaría, en un principio, a la resolución de trámites de admisión de extranjeros.

Que el artículo 107 de la Ley N° 25.871 faculta a la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES como órgano de aplicación de la misma, a establecer nuevas Delegaciones con el objeto de desarrollar las competencias asignadas.

Que la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 107 de la Ley N° 25.871, el artículo 29 de la Ley N° 25.565 y el Decreto N°...

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