Disposición Nº 49/GCABA/DGHP/13

FirmantesChapar - Boscoboinik - Sandberg Haedo
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Habilitaciones y Permisos
Fecha de la disposición21 de Marzo de 2013

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia"

DISPOSICIÓN N.° 49/DGHP/DGFYC/DGFYCO/13

Buenos Aires, 21 de marzo de 2013

VISTO

el Expediente N° 254976/2011 los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1-

GCBA/2005 (BOCBA N° 2126) y N° 2-GCBA/2005 (BOCBA N° 2136), la Resolución

02/SSCC/05 (BOCBA N° 2136), la Resolución N° 11/SSCC/2005 (BOCBA N° 2194), la

Resolución N° 12-SSCC/2005 (BOCBA N° 2209), la Resolución N° 56-SSCC/2005

(BOCBA N° 2352), la Resolución N° 68-SSEMERG-SSCC/2006 (BOCBA N° 2521), la

Ley N° 2624/2007 promulgada por Decreto N° 2137/07; y

CONSIDERANDO:

Que, el Sr. Fabián R. BANJAY en representación de la firma DISARG S.R.L. ha

solicitado la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables

creado por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/05, para el local ubicado en

la calle Suipacha 586 SS y EP de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que

desarrolla su actividad con nombre de fantasía "YOR CLUB ", conforme constancia

obrante a fs. 261;

Que, el mencionado local posee habilitación otorgada por expediente N°

1473761/2009 para el rubro Local de Baile Clase "C", con una capacidad máxima

autorizada para funcionar de QUINIENTAS VEINTE (520) personas conforme

constancia obrante a fs. 03;

Que, por Disposición N° 043/DGHP-DGFYC-DGFYCO/2011, de fecha 23 de marzo de

2011 obrante a fs. 72 el local fue inscripto en éste Registro Público de Lugares

Bailables bajo registro N° 122/11 y por Disposición N° 44/DGHP-DGFYC-DGFYCO/12

de fecha 20 de marzo de 2012 el local renovó su inscripción en éste Registro Público

de Lugares Bailables;

Que, del análisis efectuado se desprende que la empresa peticionante ha dado

cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6° del Decreto de Necesidad y

Urgencia N° 1-GCBA/2005 y sus reglamentaciones, a los fines de la renovación de la

inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables.

Que, la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado debida intervención conforme lo

establecido por la Resolución N° 66/AGC/13.

Por ello, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3° del Decreto de

Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/2005 y por Ley N° 2624/2007, promulgada por

Decreto N° 2137/07;

EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS,

EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL

Y EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

DISPONEN

Artículo 1°

Renuévese a partir...

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