Disposición 250/2008
Fecha de disposición | 29 Septiembre 2008 |
Fecha de publicación | 29 Septiembre 2008 |
Sección | Disposiciones |
Número de Gaceta | 31499 |
Procedimiento. Impuesto al Valor Agregado y a las Ganancias. Emisión de comprobantes con discriminación de gravamen.
Factura clase 'M'. Resolución General Nº 1575, sus modificatorias y su complementaria. Su modificación.
Bs. As., 24/9/2008
VISTO la Actuación SIGEA Nº 10043-10-2008 del Registro de esta Administración Federal, y CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución General Nº 1575, sus modificatorias y su complementaria se dispuso un régimen especial y complementario de las normas aplicables en materia de utilización de los comprobantes identificados con la letra 'A', previéndose el cumplimiento de determinadas obligaciones.
Que entre dichas obligaciones, se estableció un régimen de información de operaciones de ventas, locaciones o prestaciones realizadas en el curso de cada cuatrimestre calendario, a los efectos de determinar la clase de comprobantes que deben emitir los responsables, según su comportamiento fiscal.
Que de acuerdo con dicho régimen, los sujetos que no demuestren determinadas condiciones de solvencia, serán autorizados a emitir comprobantes clase 'M'.
Que en virtud de las modificaciones introducidas en la Ley Nº 23.966, Título VI del Impuesto sobre los Bienes Personales, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, resulta necesario adecuar los importes mínimos establecidos en la mencionada resolución general, a fin de acreditar la condición patrimonial de los responsables.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Fiscalización, de Servicios al Contribuyente y de Recaudación, y la Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618, del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:
Modifícase la Resolución General Nº 1575, sus modificatorias y su complementaria, en la forma que se indica a continuación:
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Sustitúyese el tercer párrafo del inciso a) del Artículo 3º, por el siguiente:
'Este Organismo autorizará la emisión de comprobantes clase 'A' a los sujetos que acrediten la presentación de la declaración jurada del impuesto sobre los bienes personales, por un importe igual o superior a TRESCIENTOS CINCO MIL PESOS ($ 305.000.-), o la presentación de la declaración jurada del impuesto a la ganancia mínima presunta por un importe igual o superior a DOSCIENTOS MIL PESOS ($ 200.000.-), según corresponda. Lo dispuesto en este párrafo también será de aplicación, respecto de los responsables que demuestren la titularidad o la participación en la titularidad de bienes inmuebles y/o automotores por un valor igual o superior a CIENTO CINCUENTA MIL PESOS ($ 150.000.-). Cuando alguno de los bienes inmuebles aludidos haya sido adquirido hasta el día 19 de octubre de 2003, inclusive, dicho límite se verá reducido a CINCUENTA MIL PESOS ($ 50.000.-).'.
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Sustitúyese el Artículo 21, por el siguiente:
'ARTICULO 21.- Las facturas o documentos equivalentes clase 'A' autorizados a los...
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