Disposición 4284. Prohibición de comercialización.

Fecha de disposición05 Mayo 2017
Fecha de publicación05 Mayo 2017
SecciónDisposiciones

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

PRODUCTOS ALIMENTICIOS

Disposición 4284/2017

Prohibición de comercialización.

Buenos Aires, 03/05/2017

VISTO el expediente N° 1-47-2110-7869-17-6 de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica; y

CONSIDERANDO:

Que las presentes actuaciones se inician como consecuencia de una denuncia recibida en el Departamento Vigilancia Alimentaria del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), en relación al producto "Aceite de Oliva extra virgen", marca: Olivares Verderó Premium, RNE N° 04003172, RNPA N° 04030403, lote: F11, vto: julio 2017, elaborador: Establecimiento Las Palmas, Cruz del Eje, provincia de Córdoba, que se estaría comercializando en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y no sería genuino.

Que el citado Departamento a través de las Consultas Federales N° 859 y N° 860 solicitó a la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba verificar si el RNPA se encuentra autorizado y si el establecimiento elaborador se encuentra habilitado.

Que la mencionada Dirección informó que el RNPA N° 04030403 no se encuentra en sus registros y que el RNE N° 04003172 no se halla vigente y además no tiene productos inscriptos.

Que el INAL mediante la "Red del Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria, Red SIVA" notificó el Incidente Federal N° 379 en el Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA) y solicitó a la Dirección de Higiene y Seguridad Alimentaria del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires su colaboración para verificar la comercialización de dicho producto.

Que esa Autoridad Sanitaria informó que a través del Sistema Único de Atención al Ciudadano del Gobierno de la Cuidad de Buenos Aires ingresó el 25/10/16 una denuncia similar catalogada como intoxicación alimentaria.

Que ante el mencionado evento, la Autoridad Sanitaria, procedió a realizar la investigación epidemiológica pertinente, inspeccionar el local expendedor...

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