Disposición 4256. DI-2018-4256-APN-DNM#MI

EmisorDireccion Nacional de Migraciones
Fecha de la disposición21 de Agosto de 2018

DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

Disposición 4256/2018

DI-2018-4256-APN-DNM#MI

Ciudad de Buenos Aires, 16/08/2018

VISTO el Expediente EX-2018-39822928- -APN-DGA#DNM del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la Ley N° 25.871, el Decreto N° 231 del 6 de abril de 2009 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1°, inciso t), apartado I) del Decreto N° 231/09, modificado por el Decreto N° 475 del 18 de mayo de 2018, establece la tasa retributiva de servicios a ser abonada a la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES por las empresas de transporte terrestre de pasajeros que ingresen o egresen del Territorio Nacional.

Que conforme establece el artículo 9° del Decreto N° 231/09, la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES queda facultada para dictar las normas procedimentales y aclaratorias con vistas a la percepción de las tasas.

Que a los fines de compatibilizar el régimen vigente de tasas por servicios migratorios con los objetivos de contribuir a la integración y facilitación del transporte terrestre entre los países de la región, resulta necesario aclarar lo normado en el artículo 1°, inciso t) del citado Decreto N° 231/09 y su modificatorio N° 475/18.

Que el Acuerdo de Transporte Internacional Terrestre inscripto como Acuerdo de Alcance Parcial en el Marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), puesto en vigencia por la Resolución Nº 263 del 16 de noviembre de 1990 de la ex SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE, resulta de aplicación al transporte internacional de pasajeros y de cargas.

Que el mencionado Acuerdo tiene como objetivo facilitar el transporte terrestre entre nuestro país y los países de la región, contribuyendo en forma efectiva a la integración de dichos países.

Que la presente medida contribuye a tornar operativos los objetivos expuestos, en particular respecto a los países vecinos.

Que la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA de la DIRECCIÓN...

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