Disposición 412-E.

Fecha de disposición31 Agosto 2017
Fecha de publicación31 Agosto 2017
SecciónDisposiciones

AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Disposición 412-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 24/08/2017

VISTO el EXP-S02:0063573/2017 del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las Leyes Nacionales Nº 24.449 y Nº 26.363 y su normativa reglamentaria; las Disposiciones de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL N° 571 del 23 de septiembre de 2014, N° 402 del 03 de julio de 2015, N° 500 del 25 de agosto de 2015 y N° 161 del 06 de abril de 2017; y

CONSIDERANDO

Que mediante el artículo 1º de la Ley Nº 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, actual organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE conforme Decreto N° 08/16, cuya misión es la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial, siendo tal como lo establece el artículo 3º de la mencionada norma, la autoridad de aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial en el territorio nacional.

Que dé acuerdo con lo normado en el Art. 14º de la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449 la Jurisdicción competente del otorgamiento de la Licencia Nacional de Conducir, previo a conferirla, requerirá al solicitante un examen médico psicofísico, siendo los contenidos del análisis en vista determinados; homologados y auditados por esta AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, con el objeto de comprobar las aptitudes físicas; visuales; auditivas y psíquicas del pretendiente en la conducción de vehículos en la vía pública (Inc. a); apdo. 4 y 8 -Mod. Confr. Art. 26 de la Ley Nº 26.363).

Que por intermedio de la Disposición ANSV N° 571/14 (Mod. por Disp. ANSV N° 402/15), se dispuso la creación e implementación en el ámbito del...

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