Disposición 411/2021

Fecha de publicación28 Enero 2022
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 08/11/2021

VISTO el EX – 2019-46006677-APN-DGD#MPYT del Registro del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o. 2004), y

CONSIDERANDO:

Que bajo el IF – 2020-08493078-APN-MT del Ex – 2020 – 08479272 – APN –MT que tramita en forma conjunta con el EX – 2019-46006677-APN-DGD#MPYT, la ASOCIACION DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECANICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector gremial, y TERNIUM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por el sector empleador, denuncian haber incurrido en un error involuntario al omitir incluir en el acuerdo obrante en las páginas 28/29 del IF – 2019 – 46117448 – APN – DGDMT#MPYT del EX – 2019-46006677-APN-DGD#MPYT la “Planta Canning” entre los “establecimientos” de la empresa alcanzados por el mentado acuerdo y que fuera homologado por la RESOL-2019-2288-APN-SECT#MPYT registrado bajo el N° 2672/19.

Que en tal sentido, solicitan se complete la Resolución antes aludida extendiendo su alcance al personal dependiente y que se desempeña en el establecimiento denominado “Planta Canning”, siendo parte del espíritu y objeto del primigenio acuerdo.

Que las precitadas partes resultan signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo N° 831/06 “E”.

Que el ámbito de aplicación del acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que los agentes negociales han acreditado sus personerías y facultades para negociar colectivamente.

Que los delegados de personal han tomado la intervención que corresponde de acuerdo a lo establecido en el artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo ha tomado la intervención pertinente.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por DA-2019-182-APN-JGM.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y...

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