Disposición 411/2014

Fecha de la disposición 3 de Noviembre de 2014



MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SUBSECRETARIA DE COORDINACION, MONITOREO Y LOGISTICA

Disposición 411/2014Bs. As., 3/11/2014

VISTO el Expediente Nº E-89365-2014 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° E-96311-2013 se tramitó la Contratación Directa N° 59/2014 llevada a cabo para la contratación de un servicio integral de mantenimiento de los edificios pertenecientes a este Ministerio, por un período de seis (6) meses, con opción a prórroga por parte de este Ministerio por un período igual al originalmente contratado o parciales mensuales, emitiéndose la Orden de Compra N° 293/2014, a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO PADRE HURTADO LIMITADA.

Que el Departamento de Servicios Generales solicita prorrogar la Orden de Compra aludida por un período igual al originalmente contratado.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA

DE COORDINACION, MONITOREO Y LOGISTICA

DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

DISPONE:

ARTICULO 1°

— Prorrógase a partir de su vencimiento la Orden de Compra Nº 293/2014 emitida a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO PADRE HURTADO LIMITADA, correspondiente a la Contratación Directa N° 59/2014, en la suma de PESOS UN MILLON CIENTO SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 1.176.493,50.-), por un período de seis (6) meses, por los motivos expuestos en los Considerandos de la presente.

ARTICULO 2°

— Atiéndase la erogación...

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