Disposición 405. DI-2018-405-APN-DNRNPACP#MJ

Fecha de disposición23 Octubre 2018
Fecha de publicación23 Octubre 2018
SecciónDisposiciones

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS

Disposición 405/2018

DI-2018-405-APN-DNRNPACP#MJ

Ciudad de Buenos Aires, 19/10/2018

Visto el Convenio de Complementación de Servicios suscripto entre el Ministerio de Justicia de la Nación y la provincia de Chaco con fecha 7 de Marzo de 2018, registrado bajo el Nro.06/2018 del Registro de esta Dirección (conforme modelo aprobado por el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS mediante Resolución M.J. y D.H. No 538/16), y

Considerando,

Que en virtud del mencionado Convenio, los Encargados de los Registros Seccionales de todo el país actuarán como Agentes de Percepción del Impuesto de Sellos de conformidad con lo prescripto en el Código Fiscal provincial, con los alcances, efectos y modalidades que se establecen en el Convenio considerado, deberán solicitar por ante el organismo competente la liquidación del impuesto de sellos.

Que la mencionada petición se materializará mediante un sistema informático de interconexión "on line" que será suministrado en las condiciones establecidas en el Convenio citado en el Visto.

Que, a ese efecto y con el objeto de establecer el instrumento para peticionar la liquidación del impuesto de sellos, disponiendo que los mismos posibiliten la impresión de la totalidad de los campos necesarios y sus constancias de pago se aprobó, por conducto de la Disposición D.N.N° 203/16 , una Solicitud Tipo "13" (Única) de carácter digital.

Que, oportunamente, el gobierno de la provincia de Chaco designó por conducto de la Resolución General N° 1951/2018 y su modificatoria, la Resolución General N° 1953 del 11 de octubre del 2018, a todos los Encargados de los Registros Seccionales dependientes de esta Dirección Nacional como agentes de percepción del impuesto de sellos y simultáneamente aprobó el Instructivo General de Procedimientos al que deberán ajustar su proceder los sujetos designados.

Que en ese marco, además, y en razón de las particularidades de los organismos recaudatorios, resulta menester facultar al Departamento Tributos Y Rentas de esta DIRECCION NACIONAL a dictar los instrumentos necesarios que regularán los procedimientos específicos en la jurisdicción impositiva alcanzada, así como las demás vinculadas con ella.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades...

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