Disposición 40/2023

Fecha de publicación18 Enero 2023
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN DE NORMATIVA LABORAL


Ciudad de Buenos Aires, 12/01/2023

VISTO el EX-2019-52211208- -APN-DGDMT#MPYT del Registro del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la DI-2022-184-APN-DNRYRT#MT de fecha 20 de enero de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que en la página 9 del IF-2019-70176319-APN-DNRYRT#MPYT del EX-2019-52211208- -APN-DGDMT#MPYT obra la escala salarial presentada en fecha 28 de junio de 2019, correspondiente al acuerdo obrante en la página 3 del IF–2019–52360759–APN–DGDMT#MPYT, celebrado el 10 de octubre de 2018 por la UNIÓN PERSONAL AERONAVEGACIÓN DE ENTES PRIVADOS (UPADEP) y la empresa FEDERAL EXPRESS CORPORATION, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 271/75.

Que dicho acuerdo y la escala salarial correspondiente al mismo, fueron conjuntamente homologados por el artículo 1° de la Disposición citada en el Visto, quedando registrados ambos bajo el Nº 470/22, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que debe advertirse que transcurrieron más de TRES (3) años entre la fecha de celebración del acuerdo y la de su homologación y sin perjuicio que las escalas salariales correspondientes fueron presentadas por las partes pasados más de SEIS (6) meses desde que el acuerdo fue por ellas celebrado; en el artículo 3° de la Disposición de homologación se encomendó evaluar la procedencia de establecer los promedios de las remuneraciones para, en caso de corresponder, fijar los topes previstos en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que posteriormente las presentes actuaciones fueron remitidas al área técnica pertinente, la que en cumplimiento de lo encomendado emitió el correspondiente informe técnico al cual se remite, en orden a la brevedad, dónde se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para la determinación del promedio mensual de remuneraciones y del tope indemnizatorio resultante.

Que la presente se dicta en orden a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley...

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