Disposicion 4

Fecha de la disposición28 de Febrero de 2008

EXPEDIENTE Nº 49.826 - PRESUNTAS INFRACCIONES DEL P.A.S. SUEYRO, ENRIQUE JOSE (MATRICULA Nº 3392) A LAS LEYES Nº 20.091 Y 22.400.

SINTESIS:

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Disponer la suspensión de la tramitación del presente Expediente Nº 49.826.

ARTICULO 2º

Disponer la inhabilitación del productor asesor de seguros Sr. SUEYRO, Enrique José (matrícula Nº 3392), hasta tanto comparezca a estar a derecho munido con sus registros de uso obligatorio llevados en legal forma.

ARTICULO 3º

La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará razón de las medidas dispuestas en los artículos precedentes.

ARTICULO 4º

Regístrese, notifíquese al domicilio comercial constituido ante el Registro de Productores Asesores de Seguros, sito en General Paz 301 (C.P.7174) Coronel Vidal - PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y publíquese en el Boletín Oficial. -- Fdo.: MIGUEL BAELO, Superintendente de Seguros.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.

e. 28/02/2008 Nº 572.162 v. 28/02/2008 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION RESOLUCION Nº 32.788 DEL 22 FEB 2008

EXPEDIENTE Nº 49.904 - PRESUNTAS INFRACCIONES DEL P.A.S. SR. MARTINEZ, MARCELO NORBERTO MARTIN (MATRICULA Nº 59.760) A LAS LEYES Nº 20.091 Y 22.400.

SINTESIS:

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Disponer la suspensión de la tramitación del presente Expediente Nº 49.904.

ARTICULO 2º

Disponer la inhabilitación del productor asesor de seguros Sr. MARTINEZ, Marcelo Norberto Martin (matrícula Nº 59.760), hasta tanto comparezca a estar a derecho munido de los libros de registros obligatorios llevados en legal forma.

ARTICULO 3º

La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará razón de las medidas dispuestas en los artículos precedentes.

ARTICULO 4º

Regístrese, notifíquese al domicilio comercial constituido ante el Registro de Productores Asesores de Seguros, sito en GODOY CRUZ Nº 2829 (C.P. 5521) - VILLA NUEVA DE GUAYMALLEN - MENDOZA, y publíquese en el Boletín Oficial. -- Fdo.: MIGUEL BAELO, Superintendente de Seguros.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en Avda. Julio A.

Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.

e. 28/02/2008 Nº 572.160 v. 28/02/2008 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION RESOLUCION Nº 32.789 DEL 22 FEB 2008

EXPEDIENTE Nº 49.874 - PRESUNTAS INFRACCIONES DEL P.A.S. SRA. MINCONE, SILVANA (MATRICULA Nº 55.293) A LAS LEYES Nº 20.091 Y 22.400.

SINTESIS:

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Disponer la suspensión de la tramitación del presente Expediente Nº 49.874.

ARTICULO 2º

Disponer la inhabilitación de la productora asesora de seguros Sra. MINCONE, Silvana (matrícula Nº 55.293), hasta tanto comparezca a estar a derecho munida de los libros de registros obligatorios llevados en legal forma.

ARTICULO 3º

La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará razón de las medidas dispuestas en los artículos precedentes.

ARTICULO 4º

Regístrese, notifíquese al domicilio comercial constituido ante el Registro de Productores Asesores de Seguros, sito en AV. RIOJA Nº 424 SUR (C.P. 5400) - BARRIO RIVADAVIA - SAN JUAN, y publíquese en el Boletín Oficial. -- Fdo.: MIGUEL BAELO, Superintendente de Seguros.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.

e. 28/02/2008 Nº 572.159 v. 28/02/2008 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION RESOLUCION Nº 32.790 DEL 22 FEB 2008

NOTA G.J. Nº 621.348 REF. EXPEDIENTE Nº 50.357 'PRENECESIDAD SEGUROS DE SEPELIO S.A. S/NO PRESENTACION DE ESTADOS CONTABLES'.

SINTESIS:

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Levantar las medidas cautelares adoptadas a través de los artículos 1º, y 2º de la Resolución Nº 32.779 de fecha 21-02-08, respecto de PRENECESIDAD SEGUROS DE SEPELIO S.A..

ARTICULO 2º

Autorizar al Señor Presidente de la aseguradora para la preparación, confección, suscripción y diligenciamiento de las presentaciones, trámites y oficios que sean necesarios para implementar la medida dispuesta en el artículo anterior.

ARTICULO 3º

Regístrese, notifíquese por la Gerencia de Inspección con vista de todo lo actuado y publíquese en el Boletín Oficial. -- Fdo.: MIGUEL A. BAELO, Superintendente de Seguros.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en Avda. Julio A.

Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.

e. 28/02/2008 Nº 572.156 v. 28/02/2008 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL Disposición Nº 4/2008

Bs. As., 25/2/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0431365/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIAY PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto la firma EZETA FINANCIERA, INMOBILIARIA, COMERCIAL E INDUSTRIAL SOCIEDAD ANONIMA, de la REPUBLICA ARGENTINA, indicó que existiría una triangulación de brocas helicoidales declaradas como originarias del REINO DE ESPAÑA, pero que en realidad las mismas serían originarias de la REPUBLICA POPULAR CHINA.

Que asimismo agrega que dicha operación de triangulación sería efectuada a través de un trader español que sólo comercializaría las citadas brocas y no sería el fabricante de las mismas.

Que como fundamento de su aseveración, señala que en el REINO DE ESPAÑA existen sólo DOS (2) industrias productoras y exportadoras de brocas, que tienen calidad industrial y precios FOB de exportación superiores a las brocas sujetas a la aplicación de medidas de defensa comercial en nuestro país.

Que en ese contexto considera que las firmas 'IZAR' y 'LABHER+CASTILLO, adquiridas por el grupo herramentista francés NECO', deben quedar excluidas del procedimiento de verificación de origen.

Que por otra parte, cabe destacar que a partir de la entrada en vigencia de la aplicación de derechos...

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