Disposición 4/2021

Fecha de publicación17 Febrero 2021
SecciónDisposiciones
EmisorJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA


Ciudad de Buenos Aires, 11/02/2021

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2020-53751236- -APN-DNSAYFD#JGM, la Ley N° 25.506 y su modificatoria Ley N° 27.446, el Decreto Reglamentario Nº 182 del 11 de marzo de 2019, el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, el Decreto N° 892 del 1º de noviembre de 2017, el Decreto N° 733 del 8 de agosto de 2018, la Decisión Administrativa N° 1865 del 14 de octubre de 2020, las Resoluciones del (ex) Ministerio de Modernización Nros. 399 del 5 de octubre de 2016 y 121 del 22 de febrero de 2018, y las Resoluciones de la (ex) Secretaría de Modernización Administrativa Nros. 87 del 30 de agosto de 2018 y 42 del 29 de abril de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 25.506 de Firma Digital reconoció la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, estableciendo las características de la Infraestructura de Firma Digital.

Que la Ley N° 27.446 designó al (ex) Ministerio de Modernización como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 25.506.

Que el Decreto Nº 182/19, reglamentario de la Ley Nº 25.506 de Firma Digital, estableció el procedimiento que los certificadores deben observar para la obtención de una licencia y detalló la documentación exigida para el cumplimiento de las condiciones estipuladas en la mencionada normativa.

Que la Resolución del (ex) Ministerio de Modernización Nº E 399/16 y modificatoria, establece los procedimientos y pautas técnicas complementarias del marco normativo de firma digital, aplicables al otorgamiento y revocación de licencias a los certificadores que así lo soliciten, en el ámbito de la Infraestructura de Firma Digital de la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que la citada Resolución (ex) MM Nº 399-E/16 en su artículo 33 estableció que los certificadores licenciados deberán solicitar autorización a la (ex) Secretaría de Modernización Administrativa del (ex) Ministerio de Modernización, con carácter previo, para habilitar una Autoridad de Registro.

Que por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, se creó, entre otros, la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS estableciéndose, entre sus objetivos, el de actuar como Autoridad de Aplicación del régimen normativo que establece la infraestructura de firma digital estipulada por la Ley N° 25.506.

Que el citado Decreto Nº 50/19 estableció los objetivos de la Subsecretaría de Innovación Administrativa, entre los que se encuentra el de intervenir en el marco regulatorio del régimen...

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