Disposición 2/2012

Fecha de disposición15 Junio 2012
Fecha de publicación19 Junio 2012
SecciónDisposiciones

Bs. As., 15/6/2012

VISTO la Resolución SLyT Nº 31 del 12 de junio de 2012 y las Disposiciones D.N.R.O. Nros. 16 del 12 de julio de 2004 y 3 del 3 de marzo de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que por el citado acto, en primer término, se autorizó a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL a la implementación del sistema “Delegación Virtual” como único y exclusivo procedimiento para la recepción de avisos comerciales a publicarse en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, a partir del 2 de julio de 2012.

Que por el mismo acto, esta DIRECCION NACIONAL establecerá los requisitos, condiciones y modos de uso del sistema a implementarse.

Que la publicación de tales avisos actualmente se encuentra prevista de manera presencial, en soporte papel, y de manera alternativa, en formato electrónico a través del sistema “Delegación Virtual”.

Que los requisitos para la presentación de aquellos, en ambas modalidades, se encuentran previstos en las Disposiciones D.N.R.O. Nº 1/99 y 16/2004 modificada por su similar Nº 3/2011.

Que en razón de establecerse el sistema de “Delegación Virtual” como único y exclusivo procedimiento para la publicación de avisos comerciales, corresponde adecuar los requisitos, condiciones y modos de uso que permitan su utilización.

Que esta DIRECCION NACIONAL se encuentra dotada tecnológicamente para llevar adelante la implementación autorizada.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR NACIONAL

A CARGO DE LA DIRECCION NACIONAL

DEL REGISTRO OFICIAL

DISPONE:

Artículo 1°

— Implementar a partir del 2 de julio de 2012 el sistema “Delegación Virtual”, como único y exclusivo procedimiento para la recepción de avisos comerciales a publicarse en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.

Art. 2° — Establecer los requisitos, condiciones y modos de uso del sistema que se consignan en el Anexo “SERVICIO DELEGACION VIRTUAL” que forma parte de la presente.

Art. 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. — Eduardo E. Mengarelli.

ANEXO

SERVICIO DELEGACION VIRTUAL

El presente documento establece las bases y condiciones generales de uso y requisitos de registración del servicio que prestará la Dirección Nacional del Registro Oficial (en adelante D.N.R.O.) a sus usuarios, a través del sitio WEB del organismo www.boletinoficial.gob.ar.

Objetivo de la Prestación: El servicio está destinado a permitirle al Usuario —en forma remota— el ingreso y seguimiento de los trámites relativos a la publicación de Avisos Comerciales, excepto Transferencias de Fondos de Comercio suscriptas por Comprador y/o Vendedor y/o sus respectivos Apoderados; Balances de Entidades Financieras y de otras Entidades, ordenados legalmente; Escisión y Fusión de Sociedades, mediante el sitio WEB del organismo, ingresando la documentación destinada a esos fines y efectuando el pago de dicho servicio, por lo que obtendrá los comprobantes correspondientes.

Texto a publicar: En todos los casos el texto ingresado a los fines de su publicación deberá ser de composición corrida, no admitiéndose la inclusión de Cuadros, Tablas y/o Gráficos.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR