Disposición 380/2015

Fecha de disposición24 Agosto 2015
Fecha de publicación27 Agosto 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33201



MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS

SUBDIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS

Disposición 380/2015Bs. As., 24/08/2015

VISTO y CONSIDERANDO:

Que, en ejercicio de su competencia, los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor perciben en sus sedes los aranceles correspondientes a los trámites registrales que allí se realizan (conforme Resolución M.E. y J. N° 2047/86).

Que, en ese marco, extienden a los usuarios del sistema un recibo que contiene el detalle de los aranceles registrales percibidos por cada uno de los conceptos (Digesto de Normas Técnico-Registrales, Título I, Capítulo II, artículo 2°).

Que, por otro lado, en cumplimiento de los Convenios de Complementación de Servicios suscriptos por esta Dirección Nacional con organismos provinciales o municipales, también revisten el carácter de agentes de percepción de aquellos organismos, respecto de diversas obligaciones tributarias y de multas por infracciones de tránsito.

Que en algunos casos esas sumas son percibidas al momento de la presentación de los trámites (v.gr.: sellado fiscal) y, en otros, en ocasión del retiro de la documentación registral (v.gr.: impuesto a la radicación de los automotores, multas por infracciones de tránsito).

Que en los últimos años se ha incrementado el número de Convenios de Complementación de Servicios vigentes, en pos de brindar a los usuarios del sistema un servicio de “ventanilla única” en materia de automotores en la sede de los Registros Seccionales que dependen de este organismo.

Que la percepción en forma conjunta de diversas sumas de dinero por conceptos diferentes podría dar lugar a confusiones por parte del público usuario.

Que, en ese contexto, se estima pertinente complementar el servicio integral que prestan los Registros Seccionales con una exposición precisa y detallada de los montos percibidos, de manera tal que los usuarios puedan conocer acabadamente el destino final de las sumas abonadas.

Que a ese efecto resulta conveniente disponer que, al momento del retiro de los trámites, los Registros Seccionales hagan entrega a los usuarios de un detalle de todos los rubros percibidos.

Que lo dicho implicará una mayor transparencia en relación con los montos que los usuarios del...

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