Disposicion 38

Fecha de disposición19 Febrero 2008
Fecha de publicación19 Febrero 2008
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31348

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y PRODUCCION RESUELVE:

ARTICULO 1º

Impónese a la firma OLIVARES CRUZ DEL EJE SOCIEDAD ANONIMA --Anexo II del Decreto Nº 1490 de fecha 30 de diciembre de 1997 y la Resolución Nº 1282 de fecha 1 de octubre de 1998 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS--, el decaimiento total de los beneficios promocionales, el reintegro de los impuestos no abonados y la devolución inmediata de los impuestos diferidos por los inversionistas, de corresponder, conforme lo establecido en el Artículo 15 de la Ley Nº 22.021 y sus modificatorias.

ARTICULO 2º

Dispónese la extinción del Cupo Fiscal establecido en el Artículo 36 in fine de la Ley Nº 24.764, que diera lugar a la asignación por parte de la SECRETARIA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS del Costo Fiscal Teórico correspondiente al proyecto de la firma.

ARTICULO 3º

Impónese a la firma OLIVARES CRUZ DEL EJE SOCIEDAD ANONIMA el pago de una multa de PESOSTRESCIENTOSTREINTAY CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA ($ 335.770), según lo dispuesto en el Artículo 17 de la Ley Nº 22.021 y sus modificatorias.

ARTICULO 4º

El pago de la multa deberá efectuarse en el plazo de DIEZ (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, debiéndose hacer efectivo ante la Dirección General de Administración dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION. El solo vencimiento del plazo establecido producirá la mora de pleno derecho sin necesidad de requerimiento o interpelación alguna por parte del Fisco conforme el Artículo 18 del Anexo de la Resolución Nº 221 de fecha 15 de agosto de 2003 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

ARTICULO 5º

Sirva el presente acto de suficiente título ejecutivo para el cobro de la suma establecida en el Artículo 3º de la presente resolución, mediante el correspondiente procedimiento de ejecución fiscal establecido por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, conforme el Artículo 18 del Anexo de la Resolución Nº 221/03 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

ARTICULO 6º

Hágase saber a la Dirección General Impositiva dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y al Gobierno de la Provincia de CORDOBA.

ARTICULO 7º

Notifíquese a la firma OLIVARES CRUZ DEL EJE SOCIEDAD ANONIMA de la presente resolución, haciéndole saber que contra dicho acto procede el recurso de reconsideración previsto en el Artículo 84 y siguientes del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 T.O.1991, el que deberá interponerse dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles contados a partir del día siguiente al de notificación.

ARTICULO 8º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y...

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