Disposición 37. Asunto: Finalización y designación de Directores Interinos en el ámbito de las Subdirecciones Generales de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, del Interior y de Control Aduanero.

Fecha de disposición16 Febrero 2016
Fecha de publicación16 Febrero 2016
SecciónAvisos Oficiales

Disposición 37/2016

Asunto: Finalización y designación de Directores Interinos en el ámbito de las Subdirecciones Generales de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, del Interior y de Control Aduanero.

Bs. As., 12/02/2016

VISTO la Actuación N° 10138-61-2016 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la misma, las Subdirecciones Generales de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, del Interior y de Control Aduanero gestionan dar por finalizadas funciones y designar a diversos agentes para desempeñarse en el carácter de Directores Interinos de diversas Unidades de Estructura en el ámbito de sus jurisdicciones.

Que el artículo 6°, inciso 1) b) del Decreto N° 618/97, otorga a esta Administración Federal la facultad de organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración de personal, siendo competencia de la misma la evaluación de la oportunidad, mérito o conveniencia del ejercicio de dichas atribuciones y/o facultades discrecionales.

Que dichas potestades poseen una particular relevancia institucional en el caso de la Administración Federal de Ingresos Públicos en razón de la función estratégica del servicio (Art. 4° C.N.) que se le ha encomendado por imperativo legal (Decretos Nros. 1156/96, 618/97 y 1399/01), consistente en la gestión de las políticas tributarias, fiscales y aduaneras del Estado Nacional.

Que la medida respeta la estabilidad que gozan los agentes de Planta Permanente de este Organismo, atento a que de acuerdo a lo que prescriben los artículos 11 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 56/92 - Laudo N° 16/92 (t.o. Resolución S.T. N° 924/10) y 14 del Convenio Colectivo de Trabajo - Laudo N° 15/91 (t.o. Resolución S.T. N° 925/10), la estabilidad es el derecho del agente de planta permanente a conservar el empleo y el nivel alcanzado en el escalafón, calidad que en el presente acto se mantiene estrictamente.

Que al estar receptada en la normativa legal y convencional vigente, la asignación y finalización de funciones forma parte de la actividad habitual de este Organismo y en tal sentido ha sido respaldada por vasta jurisprudencia administrativa y judicial.

Que la Procuración del Tesoro de la Nación tiene dicho en reiteradas oportunidades que la estabilidad del empleado no implica, en principio y dentro de ciertos límites, que no puedan variarse las modalidades de...

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