Disposición 37-E.
Fecha de disposición | 11 Agosto 2017 |
Fecha de publicación | 11 Agosto 2017 |
Sección | Disposiciones |
MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA
Disposición 37-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 08/08/2017
VISTO el EX-2017-15827511-APN-SECVYH#MI del registro de este Ministerio, y,
CONSIDERANDO:
Que la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA dependiente de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del entonces MINISTERIOR DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS firmó Convenios Específicos con la UNIDAD EJECUTORA DE PROGRAMAS ESPECIALES DEL MINISTERIO DE PLANEAMIENTO, INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS de la Provincia de ENTRE RÍOS y el CONSORCIO DE GESTIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS.
Que oportunamente la provincia de ENTRE RÍOS aprobó bajo el entonces "Programa Federal de Vivienda y Mejoramiento del Hábitat de Pueblos Originarios y Rurales", la construcción de viviendas sociales y la ejecución de obras y actividades conexas a las mismas, destinadas a la población vulnerable, de escasos recursos y carentes de viviendas digna mediante los denominados CONSORCIOS DE GESTIÓN.
Que a fin de establecer una fiscalización del funcionamiento y actividades que desarrollan los CONSORCIOS DE GESTIÓN el Gobernador de la Provincia de ENTRE RÍOS dictó el Decreto Nº 2837 MPIyS, de fecha 30 de septiembre de 2016, creando en el ámbito provincial una Comisión Fiscalizadora integrada por un representante de la Unión Obrera de la Construcción, un representante del Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda de Entre Ríos y un representante de la Secretaría de Vivienda y Hábitat dependiente del Ministerio del Interior Obras Públicas y Vivienda de la Nación.
Que en consecuencia la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA dependiente de la SECRETARÍA DE VIVIENDA Y HÁBITAT, considera oportuno de designar UN (1) Asesor, con carácter "ad honorem" y representante "ad hoc", por el plazo de UN (1) año, para desempeñarse en la Comisión Fiscalizadora de los CONSORCIOS DE GESTIÓN, para dar asesoramiento y asistencia, respecto a la adopción, ejecución y evaluación del avance de las obras y del destino de las viviendas, las que deben de ser afectadas a hogares en estado de vulnerabilidad.
Que la persona propuesta en el Artículo 1° del presente acto reúne los conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para brindar asesoramiento técnico.
Que por otra parte, el Decreto Nº 212/15 establece entre los objetivos de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y...
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