Disposición 36-E.

Fecha de disposición10 Agosto 2017
Fecha de publicación10 Agosto 2017
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Disposición 36-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 26/06/2017

VISTO el Expediente N° 1.756.036/2017 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 22/23 vuelta y 64/65 del Expediente de referencia, obran un Acuerdo y dos Anexos, respectivamente, celebrados entre la FEDERACION ARGENTINA SINDICAL DEL PETROLEO, GAS Y BIOCOMBUSTIBLE, por la parte sindical, y la CAMARA ARGENTINA DE DISTRIBUIDORES DE GAS LICUADO (CADIGAS); la CAMARA DE EMPRESAS ARGENTINAS DE GAS LICUADO (CEGLA) y la CAMARA ARGENTINA DE EMPRESAS FRACCIONADORAS, ALMACENADORAS Y COMERCIALIZADORAS \u2013NO PRODUCTORAS- DE GAS LICUADO (CAFRAGAS) por la parte empresaria, en el marco del CCT N° 592/10, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en el mencionado Acuerdo y sus Anexos, las partes pactan nuevas condiciones económicas para los trabajadores comprendidos en el precitado Convenio, el pago de una suma no remunerativa, extraordinaria, y por únca vez, entre otros beneficios, conforme los detalles de los textos convencionales pactados.

El ámbito de aplicación de los presentes se circunscribe a la estricta correspondencia entre la actividad desarrollada por los sectores empleadores firmantes, y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente, quedando el control de legalidad del presente debidamente efectuado de conformidad con 4° de la Ley 14.250 (t.o. 2004).

Que se emitió dictamen de conformidad con lo normado por la Ley...

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