Disposición Nº 7/11

Provincia de Buenos Aires.

MINISTERIO DE ECONOMÍA.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE DEUDA Y CRÉDITO PÚBLICO.

Disposición Nº 7/11.

La Plata, 30 de diciembre de 2011.

VISTO el expediente 2300-1077/11, las Leyes N° 12.836, N° 13.436 y N° 14.199, los Decretos N° 577/06, N° 206/07 B, y N° 1826/08, y CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 12.836 estableció un régimen de consolidación de deudas a cargo del Estado Provincial que tengan causa o título anterior al 30 de noviembre de 2001;

Que dicho régimen ha sido modificado por la Ley N° 13.436, incorporando a la posibilidad de pago con Bonos de Consolidación ya existente una alternativa de pago en efectivo de las obligaciones consolidadas, de acuerdo a un orden de prelación en función de la causa originaria de las obligaciones consolidadas;

Que el artículo 5º de la Ley N° 13.436 establece que la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 12.836 determinará anualmente, en base a una proyección del total de obligaciones a ser comprendidas en los alcances de la Ley Nº 12.836, los recursos necesarios a los efectos de atender las solicitudes de pago en efectivo a que se refiere el artículo 16 inciso b) de la Ley N° 12.836, previsión que integrará la Ley General de Presupuesto del ejercicio fiscal correspondiente y deberá ser consecuente con las previsiones de recursos y gastos contenidas en la misma;

Que el monto así determinado no podrá ser inferior al cuatro por ciento (4 %) del total de obligaciones a ser consolidadas, según se desprenda de la estimación que la Autoridad de Aplicación realice;

Que en tal sentido, la Ley N° 14.199 de Presupuesto para el Ejercicio 2011 destina al Procedimiento de Pago en Efectivo de la Ley N° 13.436 la suma de pesos veinte millones ($ 20.000.000) de capital para el año en curso -monto que se divide en cuatro (4) trimestres cada año- con más los intereses correspondientes;

Que el cupo presupuestario correspondiente al tercer trimestre del año 2011 - compuesto por un monto de pesos cinco millones ($ 5.000.000) previstos para dicho trimestre por la Ley N° 14.199, al que debe adicionarse un monto de pesos ocho millones trescientos sesenta y cuatro mil doscientos sesenta y ocho con setenta y cuatro centavos ($...

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