Disposición 350.

Fecha de disposición05 Julio 2016
Fecha de publicación05 Julio 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Disposición 350/2016

Bs. As., 16/06/2016

VISTO el Expediente N° 1.676.580/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1260 del 4 de septiembre de 2015 y la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 113 del 15 de marzo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 54/56 del Expediente N° 1.676.580/15 obra el acuerdo suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES MENSUALIZADOS DE LOS HIPÓDROMOS ARGENTINO, SAN ISIDRO Y SUS ANEXOS, por la parte sindical y el JOCKEY CLUB ASOCIACIÓN CIVIL, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 133/75 "E", conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que dicho acuerdo fue homologado por la Resolución SECRETARIA DE TRABAJO N° 1260 del 4 de septiembre de 2015 y registrado bajo el N° 1052/15, conforme surge de fojas 78/80 y 83, respectivamente.

Que mediante la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 113 del 15 de marzo de 2016, cuya copia fiel obra a fojas 93/96, se emplazó a las partes para que presenten las escalas salariales, correspondientes a al Acuerdo N° 1052/15.

Que en respuesta a ello, a fojas 1/5 del Expediente N° 1.719.661/16, agregado a fojas 105 del principal, obra presentación de las partes, mediante la cual se cumplimenta lo requerido.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 106/118, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente...

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