Disposición 326.

Fecha de disposición20 Octubre 2015
Fecha de publicación20 Octubre 2015
SecciónAvisos Oficiales

Disposición 326/2015

Bs. As., 14/09/2015

VISTO el Expediente N° E-54769-2015 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios, y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la contratación de un servicio de policía adicional por personal del MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, para el período comprendido entre el 1° de agosto de 2015 y el 31 de julio de 2016, con destino al depósito ubicado en Calle 177 entre 66 y 69, Ciudad de La Plata, provincia de Buenos Aires, perteneciente a este Ministerio, solicitado por el Departamento de Servicios Generales.

Que obra el Pliego de Bases y Condiciones Particulares/Convenio elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros, en un todo de acuerdo a lo solicitado por el mencionado Departamento.

Que, en consecuencia, se tramita la Contratación Directa N° 286/2015, enmarcada en las previsiones del artículo 25, inciso d), apartado 8) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 27 y 144 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que se solicitó la cotización pertinente al MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, obrando el Presupuesto suscripto por el funcionario a cargo del departamento de Policía Adicional del citado Ministerio.

Que el Departamento de Servicios Generales, en su carácter de área requirente, se expidió en el sentido que la oferta presentada por el MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES se ajusta a los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Contratación Directa que aquí tramita.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del Régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de la Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002 modificatorios y complementarios, N° 632/2012, y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA...

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