Disposición 318/2019

Fecha de publicación19 Septiembre 2019
SecciónDisposiciones
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS


Ciudad de Buenos Aires, 17/09/2019

VISTO el Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, Título I, Capítulo VI, Sección 3°, y el Convenio de Cooperación Técnica entre el Registro Nacional de las Personas (RENAPER) y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos registrado bajo el número CONVE-2018-11409568-APN-MJ, y

CONSIDERANDO:

Que la primera norma citada en el Visto establece la forma y los recaudos necesarios para acreditar el domicilio por parte de quien peticione una inscripción inicial o una transferencia ante un Registro Seccional de la Propiedad del Automotor en cualquiera de sus competencias.

Que, por otro lado, en virtud del Convenio invocado los Registros Seccionales dependientes de este organismo cuentan con un servicio de acceso a la información obrante en los sistemas informáticos del RENAPER, lo que permite contar con una herramienta de suma utilidad para el control de los trámites que se peticionan ante esas sedes registrales.

Que uno de los datos a los que se accede a través de los servicios que brinda el RENAPER es el último domicilio registrado de las personas humanas.

Que el Decreto N° 434 del 1° de marzo de 2016 aprobó el “Plan de Modernización del Estado”, que tiene entre sus objetivos constituir una Administración Pública al servicio del ciudadano en un marco de eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de servicios, a partir del diseño de organizaciones flexibles orientadas a la gestión por resultados.

Que, en esa línea, la mejora en la calidad de atención del Estado supone simplificar procesos internos, incorporando procesos que permitan brindar servicios públicos de calidad, accesibles e inclusivos para todos.

Que el Decreto Nº 891 del 1 de noviembre de 2017 sienta como una necesidad implementar acciones del Estado Nacional que prevean, entre otros, mecanismos de consulta pública en el desarrollo y aprobación de las regulaciones, la simplificación administrativa y normativa, así como la implementación de prácticas de buena gobernanza entre organismos y departamentos de gobierno tendientes a la simplificación de trámites y formalidades y la eliminación de normas que entorpecen y demoran el accionar del Estado.

Que, del mismo modo, regula lo atinente a las buenas prácticas para la normativa y regulación de la Administración Pública Nacional, sostenidas a través de la simplificación, la mejora continua de procesos internos y la reducción de cargas a los administrados.

Que en ese marco...

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