Disposición 317-E.

Fecha de disposición23 Agosto 2017
Fecha de publicación23 Agosto 2017
SecciónDisposiciones

COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

Disposición 317-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 16/08/2017

VISTO el Expediente S02:55137/2017 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA y,

CONSIDERANDO:

Que la información adecuada y veraz constituye un derecho de raigambre constitucional de los usuarios de los servicios públicos, como así también la protección de su salud y seguridad.

Que esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE ha emitido diferentes resoluciones estableciendo diversos carteles informativos sobre algunos de los derechos y obligaciones de los usuarios del transporte público automotor.

Que al respecto, mediante la Resolución N° 1060 del 28 de diciembre de 1994 de la Ex-COMISIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, modificada por la Resolución Nº 979 de fecha 5 de agosto de 1998 de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, se determinó que los vehículos afectados al transporte de pasajeros de corta y larga distancia deberían exhibir un cartel informativo sobre el servicio de ATENCIÓN AL USUARIO indicando la línea de cobro revertido, en cada uno de los laterales interiores y en la parte superior de las puertas destinadas al descenso de pasajeros; y en lugar visible en todas las empresas de autotransporte de pasajeros y de carga de Jurisdicción Nacional.

Que la Resolución N° 176 con fecha 21 de marzo de 1996 de la Ex-COMISIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, modificada por la Resolución Nº 295 de fecha 22 de mayo de 1997 de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, aprobó una nueva identificación de los asientos destinados para uso prioritario de personas de movilidad reducida, el que debía ser exhibido en las unidades afectadas a los servicios de transporte público urbano por automotor de pasajeros.

Que por Resolución N° 338 de fecha 10 de mayo de 1996 de la Ex-COMISIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, modificada por la Resolución Nº 295 de fecha 22 de mayo de 1997 de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, se aprobó una nueva oblea de prohibición de fumar que debería exhibirse en los vehículos de autotransporte de pasajeros de media, corta y larga distancia.

Que por ende, se considera oportuno y necesario que los usuarios del servicio público de pasajeros y la sociedad en su conjunto tengan conocimiento...

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