Disposición 311/2021

Fecha de publicación18 Enero 2022
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN DE NORMATIVA LABORAL


Ciudad de Buenos Aires, 19/11/2021

VISTO el Expediente Nº 1.677.638/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la RESOL-2018-437-APN-SECT#MT, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente N° 1.765.893/17 agregado como fojas 88 al Expediente N° 1.677.638/15, obra el acuerdo celebrado entre la UNIÓN DEL PERSONAL SUPERIOR DEL GAS, por la parte sindical y la empresa TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 459/02 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el precitado acuerdo fue homologado por el artículo 1° de la RESOL-2018-437-APN-SECT#MT y registrado bajo el Nº 327/18, conforme surge de fojas 113/115 y 119, respectivamente.

Que a fojas 6/6 vuelta del Expediente N° 1.765.893/17 agregado como fojas 88 al Expediente N° 1.677.638/15, obra el acuerdo celebrado entre la UNIÓN DEL PERSONAL SUPERIOR DEL GAS, por la parte sindical y la empresa TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 459/02 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el precitado acuerdo fue oportunamente homologado por el artículo 2° de la RESOL-2018-437-APN-SECT#MT y registrado bajo el Nº 328/18, conforme surge de fojas 113/115 y 119, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a tal efecto, mediante el IF-2019-00127332-APN-DRYRT#MPYT, se solicitó a las partes la presentación de las escalas salariales correspondientes.

Que a fojas 133/133 vuelta y 136 del Expediente N° 1.677.638/15, las partes acompañan y ratifican las escalas salariales, cumplimentando lo requerido.

Que a fojas 139/147 obra el informe técnico por el cual se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR