Disposición 310. Asunto: Finalización y designación de Jefaturas Interinas en el ámbito de la Dirección Regional Mar del Plata.
Fecha de disposición | 13 Junio 2016 |
Fecha de publicación | 13 Junio 2016 |
Sección | Avisos Oficiales |
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
Disposición 310/2016
Asunto: Finalización y designación de Jefaturas Interinas en el ámbito de la Dirección Regional
Mar del Plata.
Bs. As., 07/06/2016
VISTO la Actuación N° 13330-121-2016 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS
PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la misma, la Dirección Regional Mar del Plata propone dar por finalizadas funciones y
designar a diversos agentes para desempeñarse en el carácter de Jefes Interinos de diversas Unidades
de Estructura en el ámbito de su jurisdicción.
Que el artículo 6°, inciso 1) b) del Decreto N° 618/97, otorga a esta Administración Federal la facultad de
organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo en sus aspectos estructurales,
funcionales y de administración de personal, siendo competencia de la misma la evaluación de la
oportunidad, mérito o conveniencia del ejercicio de dichas atribuciones y/o facultades discrecionales.
Que dichas potestades poseen una particular relevancia institucional en el caso de la Administración
Federal de Ingresos Públicos en razón de la función estratégica del servicio (Art. 4° C.N.) que se le ha
encomendado por imperativo legal (Decretos Nros. 1156/96, 618/97 y 1399/01), consistente en la gestión
de las políticas tributarias, fiscales y aduaneras del Estado Nacional.
Que la medida respeta la estabilidad que gozan los agentes de Planta Permanente de este Organismo,
atento a que de acuerdo a lo que prescriben los artículos 11 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 56/92 -
Laudo N° 16/92 (t.o. Resolución S.T. N° 924/10) y 14 del Convenio Colectivo de Trabajo - Laudo N° 15/91
(t.o. Resolución S.T. N° 925/10), la estabilidad es el derecho del agente de planta permanente a
conservar el empleo y el nivel alcanzado en el escalafón, calidad que en el presente acto se mantiene
estrictamente.
Que al estar receptada en la normativa legal y convencional vigente, la asignación y finalización de
funciones forma parte de la actividad habitual de este Organismo y en tal sentido ha sido respaldada por
vasta jurisprudencia administrativa y judicial.
Que la Procuración del Tesoro de la Nación tiene dicho en reiteradas oportunidades que la estabilidad del
empleado no implica, en principio y dentro de ciertos límites, que no puedan variarse las modalidades de
la prestación de los servicios, con la eventual incidencia que puedan tener en las retribuciones no
https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/SUF6WWl0cTNwT1krdTVReEh2ZkU0dz09
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