Disposición 31. DI-2018-31-APN-SSCYVF#MSG

Fecha de disposición05 Octubre 2018
Fecha de publicación05 Octubre 2018
SecciónDisposiciones

MINISTERIO DE SEGURIDAD

SUBSECRETARÍA DE CONTROL Y VIGILANCIA DE FRONTERAS

Disposición 31/2018

DI-2018-31-APN-SSCYVF#MSG

Ciudad de Buenos Aires, 03/10/2018

VISTO el Expediente EX-2018-39598329- -APN-SSCYVF#MSG del Registro de este MINISTERIO DE SEGURIDAD; la Decisión Nº 4 de fecha 29 de junio de 2.000, del CONSEJO DEL MERCADO COMÚN "ACUERDO DE RECIFE", la Resolución Nº 20 de fecha 2 de julio de 2.009 del GRUPO MERCADO COMÚN (GMC),las Leyes Nros. 25.253 y 25.229; los Decretos Nros. 2086 del 18 de julio de 1977 y 68 de fecha 25 de enero de 2017, las resoluciones del MINISTERIO DEL INTERIOR Nros. 1.549 de fecha 30 de diciembre de 2009; 57 de fecha 19 de febrero de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2°, inciso b) del Decreto N° 2086/77 faculta al Coordinador General Intersectorial, a delegar las funciones de coordinación zonal intersectorial de los pasos de fronteras en Oficiales Superiores/Jefes de la GENDARMERÍA NACIONAL.

Que el Acuerdo de Recife (Decisión CMC N° 4/2000) y su Protocolo Adicional conjuntamente con el Reglamento Administrativo de los Organismos Coordinadores en el Área de Control Integrado (GMC N° 20-2009) establecieron el marco jurídico para el funcionamiento de los Controles Integrados de Fronteras entre los Estados miembros del MERCOSUR, constituyendo particularmente la figura del Organismo Coordinador, que es aquel que tiene a su cargo la conducción administrativa de las áreas de...

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