Disposición 31.

EmisorAdministracion Federal de Ingresos Publicos
Fecha de la disposición 8 de Febrero de 2019

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Disposición 31/2019

Ciudad de Buenos Aires, 07/02/2019

VISTO el Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, y la Disposición N° 45 (AFIP) del 22 de febrero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo establecido en el Decreto N° 618/97, sus modificatorios y sus complementarios, el Administrador Federal representa a la Administración Federal de Ingresos Públicos ante los poderes públicos, los responsables y los terceros, ejerciendo así sus competencias como la máxima autoridad del organismo.

Que, asimismo, el Artículo 4° del citado Decreto establece, en cuanto aquí interesa, que los Directores Generales y los Subdirectores Generales reemplazarán al Administrador Federal en caso de ausencia o impedimento en todas sus funciones, atribuciones, deberes y responsabilidades, de acuerdo con el orden de prelación que establezca el propio Administrador Federal.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 4° del Decreto N° 618/97, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

El ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1° Establecer el siguiente régimen de reemplazo para el supuesto de ausencia o impedimento del Administrador Federal de Ingresos Públicos:

ADMINISTRADOR FEDERAL REEMPLAZANTE Y ORDEN DE REEMPLAZO
1° SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN TÉCNICO INSTITUCIONAL
2° DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
ARTÍCULO 2° Dejar sin efecto la Disposición N° 45 (AFIP) del 22 de febrero de 2016.
ARTÍCULO 3° La presente disposición entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese

Leandro Germán Cuccioli.

e. 08/02/2019 N° 7218/19 v. 08/02/2019

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