Disposición 300. DI-2018-300-APN-ANSV#MTR
Fecha de disposición | 18 Septiembre 2018 |
Fecha de publicación | 18 Septiembre 2018 |
Sección | Disposiciones |
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
Disposición 300/2018
DI-2018-300-APN-ANSV#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 12/09/2018
VISTO el expediente EX-2018-25134002-APN-DGA#ANSV del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las Leyes Nacionales Nros. 19.511, 24.449, 25.650, 26.353 y 26.363, los decretos reglamentarios Nros. 779/95, 1232/07, y 1716/08, las Disposiciones ANSV Nros. 35/10 y 294/10, la Disposición de la Secretaría de Comercio Interior N° 299/13, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el VISTO, el Municipio de El Alcázar, provincia de Misiones, ha solicitado la intervención de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, en su carácter de autoridad máxima nacional en materia de seguridad vial, a fin de que la misma proceda a otorgar la Homologación y Autorización de Uso de DOS (2) radares cinemómetros de instalación móvil, marca TRUCAM, modelo LTI20/20, Nros. de serie 5181 y 5182, para ser utilizados entre el km. 1500,5 y el km. 1502, de la Ruta Nacional N° 12, en ambos sentidos de circulación.
Que los cinemómetros controladores de velocidad de instalación móvil cuya Homologación y Autorización de Uso se pretende, cuentan con la aprobación de modelo expedida por la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR mediante Disposición N° 299 de fecha 22 de noviembre de 2013, con los Certificados de Verificación Primitiva Nro. ML-A- 003.032/2017 (equipo 5181) y ML-A-003.033/2017 (equipo 5182), ambos de fecha 21 de diciembre de 2017, expedidos por la Dirección Nacional de Comercio Interior; y con los Certificados de Verificación Primitiva Nros. 015 67016 3º Parcial (equipo 5181) y 015 67016 4º Parcial (equipo 5182) ambos de fecha 26 de octubre de 2017, emitidos por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL.
Que los cinemómetros controladores de velocidad de instalación móvil cumplen con las especificaciones y tolerancias reglamentarias de la normativa vigente de conformidad con lo regulado en los apartados 2, 3, 5 y 6 del Anexo II del Decreto N° 1716/2008.
Que la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, conforme lo establecido en el art 4° inciso ñ) de la Ley N° 26.363 tiene como función autorizar la colocación en caminos, rutas y autopistas de jurisdicción nacional de sistemas automáticos y semiautomáticos de control de Infracciones, como también, el uso de estos sistemas por las autoridades de constatación, previendo que las homologaciones y verificaciones del funcionamiento de los mismos deberá coordinarse con los demás organismos nacionales competentes en la materia, de conformidad con las Leyes N° 19.511 y N° 25.650.
Que la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, conforme lo establecen los apartados 1 y 10 del Anexo II del Decreto N° 1716/2008 es responsable por la homologación de los dispositivos automáticos o semiautomáticos, fotográficos o no, que se utilicen para la constatación de infracciones de tránsito en caminos, rutas y autopistas y del uso manual de los sistemas, estando facultada para autorizar la colocación de cinemómetros controladores de velocidad.
Que la presente medida representa una acción relevante de consenso interjurisdiccional y armonización federal en materia de seguridad vial sobre la base de la Ley N° 26.363 y los compromisos asumidos oportunamente en el Convenio Federal en Materia de Tránsito y Seguridad Vial...
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