Disposición 3-E.

Fecha de disposición26 Enero 2018
Fecha de publicación26 Enero 2018
SecciónDisposiciones

MINISTERIO DE SEGURIDAD

DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD EN ESPECTÁCULOS FUTBOLÍSTICOS

Disposición 3-E/2018

Ciudad de Buenos Aires, 24/01/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2017-31344024- -APN-DNSEF#MSG, del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, el Decreto N° 246 del 10 de abril de 2017, la Resolución N° 354 del 19 de abril de 2017, la Resolución N° 354 del 19 de abril de 2017, la Decisión Administrativa N° 421 del 5 de mayo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 246/17, reglamentario de la Ley N° 20.655 y sus modificatorias y de la Ley N° 23.184 y sus modificatorias, establece que las normas complementarias del mismo serán dictadas por el MINISTERIO DE SEGURIDAD como también la elaboración del "REGLAMENTO DE PREVENCIÓN CONTRA LA VIOLENCIA EN ESPECTÁCULOS FUTBOLÍSTICOS" y las disposiciones necesarias para su implementación.

Que asimismo, el citado Decreto, en su artículo 7° prevé que dentro de las competencias de ley, el MINISTERIO DE SEGURIDAD "podrá preventivamente por razones de interés público y atendiendo a razonables pautas objetivas debidamente fundadas, restringir la concurrencia a espectáculos futbolísticos a toda persona que considere que pueda generar un riesgo para la seguridad pública" y con tal propósito, podrá dictar normas aclaratorias, operativas y complementarias relativas a la restricción de concurrencia.

Que dentro de las misiones y funciones a cargo del MINISTERIO DE SEGURIDAD, sobresale el deber de resguardar la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías y la plena vigencia de las instituciones del sistema representativo, republicano y federal que establece la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Que en consecuencia, el propósito de consolidar el marco normal de desarrollo de un evento deportivo de asistencia masiva como lo es el fútbol, conlleva la adopción de medidas y el despliegue de actividades que plasmen en la realidad la preservación de la paz y tranquilidad pública, cuestiones que estriban en la razón misma asignada al MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que razones de operatividad y celeridad aconsejan delegar en la autoridad específica la realización de las medidas diseñadas y el dictado de normas dentro del marco de competencias legales reconocidas a la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD EN ESPECTÁCULOS FUTBOLÍSTICOS.

Que mediante la Resolución N° 354 del 19 de abril de 2017, se instruye a la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD EN ESPECTÁCULOS FUTBOLÍSTICOS para establecer la identidad de las personas alcanzadas con la aplicación de "Restricción de Concurrencia Administrativa", en los términos y con el alcance del mencionado artículo 7° del Decreto N° 246/17.

Que la misma Resolución establece en forma concordante, las condiciones o situaciones en las que deberán encontrarse las personas pasibles de la aplicación de la restricción de concurrencia, el mínimo y máximo temporal de la medida y el tratamiento que merecerá la persona reincidente.

Que por estos motivos, la autoridad de aplicación de la "Restricción de Concurrencia Administrativa" efectuó el procedimiento administrativo preestablecido en la normativa en vigor, a fin de hacerse de los argumentos y fundamentos de hecho y de derecho que sostengan la aplicación de la medida en ciernes.

Que en relación a los hechos y elementos que dan sustento fáctico a las presentes actuaciones, se hace referencia a la nota de fecha 6 de noviembre del corriente año cursada a la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD EN ESPECTÁCULOS FUT-BOLÍSTICOS por el titular de la SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Dr. Juan Pablo SASSANO, mediante la cual remite en un disco compacto en formato DVD copia de las Actas Contravencionales labradas por infracciones al Código Contravencional en ocasión de la disputa de un encuentro futbolístico, con el fin de incorporar...

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