Disposición 3-E.

Fecha de disposición22 Marzo 2017
Fecha de publicación22 Marzo 2017
SecciónAvisos Oficiales

Disposición 3-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 17/03/2017

VISTO el Expediente N° S01:0222523/2011, y su agregado sin acumular Expediente N° S01:0270100/2011 ambos del Registro del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que la firma PIREM SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT Nº 30-61946262-5) fue declarada beneficiaria del Régimen de Promoción Industrial instaurado por la Ley N° 22.021 y sus modificatorias, cuyos beneficios fueron otorgados por el Decreto N° 1.927 de fecha 24 de agosto de 1987, para la fabricación de resinas autofraguantes y pinturas para la fundición, actividades incorporadas a los Grupos Nros. 3.513 y 3.521 del Decreto Reglamentario N° 3.319 de fecha 21 de diciembre de 1979.

Que mediante el Decreto Provincial N° 444 de fecha 19 de marzo de 1997, se aprobó en el marco del Decreto N° 804 de fecha 16 de julio de 1996, un nuevo proyecto de promoción destinado a la fabricación de peganoyos, desmoldantes, desgasificantes, y otros productos varios para la industria de la fundición, fabricación de pinturas y diluyentes, y la fabricación de resinas sintéticas y naturales modificadas, cuya puesta en marcha debía efectuarse antes del 31 de diciembre de 1997.

Que por el Decreto Provincial N° 1.281 de fecha 23 de marzo de 2001 se unificó la escala aplicable por los beneficios promocionales acordados por Decretos Nros. 1.927/87 y 444/97, a partir de la fecha de puesta en marcha del proyecto aprobado por el último de dichos actos.

Que la Dirección General Impositiva dependiente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS actual MINISTERIO DE HACIENDA, constató en su Informe Final de Inspección que la firma PIREM SOCIEDAD ANÓNIMA incumplió lo dispuesto en el Artículo 8º inciso b) de la Ley Nº 22.021 y sus modificatorias, y en el Artículo 1º del Decreto N° 938 de fecha 6 de mayo de 1993, modificado por el Decreto N° 1.650 de fecha 14 de noviembre de 2006.

Que por la Providencia de fecha 9 de marzo de 2012 la SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS de la SECRETARÍA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS actual MINISTERIO DE HACIENDA se ordenó la instrucción del sumario a la titular del proyecto fabril por el uso indebido de los Bonos de Crédito Fiscal IVA- COMPRAS por el período comprendido entre enero de 2000 y julio de...

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