Disposición 3/2020

Fecha de publicación21 Enero 2020
SecciónDisposiciones
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA


Ciudad de Buenos Aires, 17/01/2020

VISTO el Expediente N° EX-2019-102178697- -APN-DGDMA#MPYT del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 23 de fecha 12 de noviembre de 2009 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO se estableció el régimen específico de Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) de la especie merluza común (Merluccius hubbsi) para el stock Sur del Paralelo 41° de Latitud Sur.

Que por el Artículo 12 de la citada Resolución N° 23/09 se previó que la Autoridad de Aplicación, a través de la entonces Dirección Nacional de Coordinación Pesquera, actual Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA calcule anualmente los volúmenes de cada Cuota Individual Transferible de Captura (CITC), entre otros, sobre la base de la Captura Máxima Permisible.

Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO, a través de la Resolución N° 13 de fecha 27 de noviembre de 2019, ha establecido la Captura Máxima Permisible para el año 2020 de la especie merluza común (Merluccius hubbsi) en DOSCIENTAS NOVENTA MIL TONELADAS (290.000 t) para el efectivo Sur del Paralelo 41° de Latitud Sur y CUARENTA Y DOS MIL TONELADAS (42.000 t) para el efectivo Norte al Norte del Paralelo 41° de Latitud Sur.

Que mediante la Resolución N° 22 de fecha 12 de noviembre de 2009 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO se estableció el régimen específico de Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) de la especie merluza de cola (Macruronus magellanicus).

Que por el Artículo 13 de la citada Resolución N° 22/09 se estableció que la Autoridad de Aplicación, a través de la referida entonces Dirección Nacional de Coordinación Pesquera, actual Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera, calcule anualmente, sobre la base de la Captura Máxima Permisible, el volumen en toneladas de cada Cuota Individual Transferible de Captura (CITC).

Que la Captura Máxima Permisible para la especie merluza de cola (Macruronus magellanicus) ha sido fijada en OCHENTA MIL TONELADAS (80.000 t) por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO a través de la referida Resolución N° 13/19.

Que mediante la Resolución N° 21 de fecha 12 de noviembre de 2009 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO se estableció el régimen específico de Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) de la especie merluza negra (Dissostichus eleginoides).

Que el...

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