Disposición 29/2020
Fecha de publicación | 21 Octubre 2020 |
Sección | Disposiciones |
Emisor | MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN COMERCIAL |
Ciudad de Buenos Aires, 20/10/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-69273594- -APN-DGD#MDP y la Resolución N° 523 de fecha 5 de julio de 2017 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y sus modificaciones, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Resolución N° 523 de fecha 5 de julio de 2017 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y sus modificaciones, se estableció un régimen de tramitación de Licencias Automáticas y No Automáticas de Importación para las mercaderías comprendidas en todas las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M) con destinación de importación definitiva para consumo.
Que la instrumentación de un sistema de Licencias de Importación, en tanto provee de información estadística en niveles generales y particulares que permite identificar comportamientos disruptivos del comercio exterior, resulta una herramienta clave para la gestión de la política comercial externa con miras al desarrollo productivo nacional y acorde al contexto actual de las relaciones comerciales internacionales.
Que del mismo modo, se determinó que las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) individualizadas en los Anexos II a XIV de la citada resolución, estarán sujetas a la tramitación de Licencias de Importación de tipo “No Automáticas”.
Que a partir de la evaluación de los flujos de comercio analizados en el marco del régimen de lo establecido por la mencionada resolución, se ha identificado un conjunto de mercaderías comprendidas en CIENTO DIECISÉIS (116) posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) que resulta conveniente excluir de la tramitación de Licencias de Importación No Automáticas, pasando las mismas a tramitar Licencias de Importación de tipo “Automática”, con el fin de dar un mayor dinamismo a su ingreso, en función de las necesidades actuales de producción y de consumo.
Que por otra parte, se ha identificado una serie de bienes respecto a los cuales, en función de la actual coyuntura económica, resulta indispensable evaluar sus flujos comerciales, por lo que resulta aconsejable incluirlos en la Resolución Nº 523/17 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO y sus modificaciones.
Que a efectos de llevar adelante las modificaciones aludidas, resulta conveniente sustituir los Anexos II, III, VIII, X y XI de la Resolución Nº 523/17 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO y sus modificaciones.
Que en la misma línea, corresponde suprimir el Anexo XII de dicha norma...
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