Disposición 287.

Fecha de disposición02 Junio 2016
Fecha de publicación02 Junio 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Disposición 287/2016

Bs. As., 11/05/2016

VISTO el Expediente N° 398.835/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 644 del 22 de octubre de 2015 y la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 8 del 4 de febrero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 15/16 del Expediente N° 398.835/15 obra el acuerdo suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa CET SOCIEDAD ANÓNIMA - CONCESIONARIA DE ENTRETENIMIENTOS Y TURISMO, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 858/07 "E", conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que dicho acuerdo fue homologado por la Disposición D.N.R.T. N° 644/15 y registrado bajo el N° 1507/15, conforme surge de fojas 25/27 y 30, respectivamente.

Que mediante la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 8 de fecha 4 de febrero de 2016, cuya copia fiel obra a fojas 38/41, se emplazó a las partes para que presenten las escalas salariales correspondientes al Acuerdo N° 1507/15.

Que en respuesta a ello, a fojas 47/48 del principal obra la presentación realizada por la parte sindical y a fojas 1/3 del Expediente N° 401.285/16 agregado a fojas 51 del principal obra la presentación efectuada por la parte empleadora, cumplimentando en ambas lo requerido.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 52/56, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la...

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