Disposición 983/2011

EmisorServicio Nacional de Rehabilitacion
Fecha de la disposición29 de Junio de 2011

Miércoles 29 de junio de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.180 43

ARTICULO 4

'° — RegÃstrese, notifÃquese, publÃquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archÃvese. — Dra. GRISEL OLIVERA ROULET, Directora, Servicio Nacional de Rehabilitación.

e. 29/06/2011 N'º' 77212/11 v. 29/06/2011 SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION Disposición N'° 1022/2011

7/6/2011

ARTICULO 1

'° — CategorÃzase a la Institución “FUNDACION PEUMAYEN - Hogar y Centro de DÃa destinado a personas que padezcan discapacidad Mental”, C.U.I.T. N'° 30-71093597-8, con domicilio legal en la calle Billinghurst 1140 Planta Baja Departamento “C”, Código Postal 1174,

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y real en la calle Conde 1140, Código Postal 1625, Localidad de Escobar, Provincia de Buenos Aires bajo la CategorÃa definitiva “A” para las prestaciones Hogar con Centro de DÃa y Centro de DÃa.

ARTICULO 2

'° — Encuádrese la atención brindada por el citado establecimiento bajo las modalidades prestacionales Hogar con Centro de DÃa, con un cupo para ocho (8) asistidos, en Jornada Simple y/o Doble y Alojamiento Permanente y Centro de DÃa, con un cupo para nueve (9) asistidos,

Jornada Simple y/o Doble.

ARTICULO 3

'° — InscrÃbase a la Institución “FUNDACION PEUMAYEN - Hogar y Centro de DÃa destinado a personas que padezcan discapacidad Mental” en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCION A PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

ARTICULO 4

'° — Deniégase la solicitud de categorización e inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCION A PERSONAS CON DISCAPACIDAD a la Institución FUNDACION PEUMAYEN - Hogar y Centro de DÃa destinado a personas que padezcan discapacidad Mental”, C.U.I.T. N'° 30-71093597-8, con domicilio legal en la calle Billinghurst 1140 Planta Baja Departamento “C”, Código Postal 1174, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y real en la calle Conde 1140, Código Postal 1625, Localidad de Escobar, Provincia de Buenos Aires, en la modalidad prestacional Hogar.

ARTICULO 5

'° — Contra el presente acto podrá deducirse el Recurso de Reconsideración previsto en el artÃculo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N'° 1759/72 (t.o.

1991) el que deberá interponerse en el plazo de diez (10) dÃas de notificada la presente.

ARTICULO 6

'° — RegÃstrese, notifÃquese, publÃquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido archÃvese. — Dra. GRISEL OLIVERA ROULET, Directora, Servicio Nacional de Rehabilitación.

e. 29/06/2011 N'º' 77223/11 v. 29/06/2011 SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION Disposición N'° 818/2011

12/5/2011

ARTICULO 1

'° — RecategorÃzase a la “ASOCIACION SANTA RITA”, C.U.I.T. 30-67105881-6, con domicilio legal y real en la calle Rivadavia 546, Código Postal 2820, Localidad de Gualeguaychú,

Provincia de Entre RÃos, en las prestaciones de Estimulación Temprana, Servicio de Apoyo a la Integración Escolar y Centro Educativo Terapéutico sin Integración.

ARTICULO 2

'° — Encuádrase la atención brindada por el citado establecimiento bajo las prestaciones de Estimulación Temprana, Servicio de Apoyo a la Integración Escolar y Centro Educativo Terapéutico sin Integración, CategorÃa “B”, con un cupo para treinta y uno (31) asistidos en jornada simple turno mañana.

ARTICULO 3

'° — ReinscrÃbase a la “ASOCIACION SANTA RITA” en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCION A PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

ARTICULO 4

'° — Contra el presente acto podrá deducirse el Recurso de Reconsideración previsto en el artÃculo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N'° 1759/72 (t.o.

1991) el que deberá interponerse en el plazo de diez (10) dÃas de notificada la presente.

ARTICULO 5

'° — RegÃstrese, notifÃquese, publÃquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archÃvese. — Dra. GRISEL OLIVERA ROULET, Directora, Servicio Nacional de Rehabilitación.

e. 29/06/2011 N'º' 77228/11 v. 29/06/2011 SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION Disposición N'° 816/2011

12/5/2011

ARTICULO 1

'° — RecategorÃzase a la institución “JUNTOS” de Pablo Oscar BUSCEMI, C.U.I.T.

N'° 20-18099647-9, con domicilio legal y real en la calle Mitre 851, Código Postal 8300, Localidad de Neuquén, Provincia del Neuquén, en la modalidad prestacional de Centro de DÃa.

ARTICULO 2

'° — Encuádrase la atención brindada por el citado establecimiento bajo la CategorÃa “A” en la modalidad de Centro de DÃa con un cupo para cuarenta (40) asistidos en Jornada Simple y/o Doble.

ARTICULO 3

'° — ReinscrÃbase a la institución “JUNTOS” de Pablo Oscar BUSCEMI en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCION A PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

ARTICULO 4

'° — Déjase establecido que la presente categorización definitiva se ha otorgado hasta el 15 de febrero de 2014, según lo establecido por la licencia comercial otorgada por la Municipalidad de Neuquén.

ARTICULO 5

'° — Contra el presente acto podrá deducirse el Recurso de Reconsideración previsto en el artÃculo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N'° 1759/72 (t.o.

1991) el que deberá interponerse en el plazo de diez (10) dÃas de notificada la presente.

ARTICULO 6

'° â RegÃstrese, notifÃquese, publÃquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archÃvese. â Dra. GRISEL OLIVERA ROULET...

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