Disposición 28. DI-2019-28-APN-SSERYEE#MHA

Fecha de disposición01 Marzo 2019
Fecha de publicación01 Marzo 2019
SecciónDisposiciones

MINISTERIO DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE ENERGÍAS RENOVABLES Y EFICIENCIA ENERGÉTICA

Disposición 28/2019

DI-2019-28-APN-SSERYEE#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 28/02/2019

Visto el expediente EX-2019-04035583-APN-DGDOMEN#MHA, la ley 27.424 y su modificatoria, el decreto 986 del 1 de noviembre de 2018 y la resolución 314 del 21 de diciembre de 2018 de la Secretaría de Gobierno de Energía dependiente del Ministerio de Hacienda, y

CONSIDERANDO:

Que el RÉGIMEN DE FOMENTO A LA GENERACIÓN DISTRIBUIDA DE ENERGÍA RENOVABLE INTEGRADA A LA RED ELÉCTRICA PÚBLICA sancionado por la ley 27.424, tiene como objeto fijar las políticas y establecer las condiciones jurídicas y contractuales para la generación de energía eléctrica de origen renovable por parte de usuarios de la red de distribución, para su autoconsumo con eventual inyección de excedentes a la red, y establecer la obligación de los Prestadores del Servicio Público de Distribución de facilitar dicha inyección, asegurando el libre acceso a la red de distribución.

Que mediante el decreto 986 del 1 de noviembre de 2018 se aprobó la reglamentación del mencionado régimen y se designó como Autoridad de Aplicación de la ley 27.424 a la Secretaría de Gobierno de Energía.

Que por la resolución 314 del 21 de diciembre de 2018 de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda se aprobaron las normas de implementación de la ley 27.424 y el decreto 986/2018 y se delegaron en la Subsecretaría de Energías Renovables y Eficiencia Energética dependiente de la Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda las facultades para dictar todas las normas aclaratorias y complementarias del régimen.

Que esta subsecretaría debe establecer los procedimientos, contenidos y requisitos específicos respecto de la Plataforma Digital de Acceso Público para tramitar la Conexión del Usuario-Generador.

Que asimismo, queda facultada a emitir el correspondiente Certificado de Usuario-Generador a través de la Plataforma Digital de Acceso Público y a hacer públicos los datos estadísticos sobre los proyectos que efectivamente hayan sido autorizados y que hayan obtenido el Certificado de Usuario-Generador, y aquellos en proceso de conexión.

Que a los efectos de realizar un seguimiento de las instalaciones de generación...

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