Disposición 279/2021

Fecha de publicación12 Octubre 2021
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 02/06/2021

VISTO el EX-2021-35197273- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la RESOL-2021-528-APN-ST#MT, y

CONSIDERANDO:

Que en las paginas 4/19 del RE-2021-35347244-APN-DTD#JGM del EX-2021-35197273- -APN-DGD#MT obran las escalas salariales pactadas entre la UNION EMPLEADOS DE LA CONSTRUCCION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UECARA), por la parte sindical, la CAMARA ARGENTINA DE LA CONSTRUCCION (CAMARCO) y la FEDERACION ARGENTINA DE ENTIDADES DE LA CONSTRUCCION (FAEC), por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 660/13, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución citada en el Visto y registrado bajo el Nº 627/21, conforme surge del orden 60 y del IF-2021-42564490-APN-DNRYRT#MT, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, establece que le corresponderá al MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que en el orden 73, obra el informe técnico por el cual se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, las Decisiones Administrativas N° 182 del 15 de marzo de 2019 y Nº 1662 del 9 de septiembre de 2020 y la Resolución RESOL-2019-1047-APN-MPYT.

Por...

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