Disposición 148/2011

EmisorSubdireccion Nacional de Relaciones del Trabajo
Fecha de la disposición17 de Mayo de 2011

Martes 17 de mayo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.151 66

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Disposición N'° 296/2011

Tope N'º' 167/2011

Bs. As., 8/4/2011

VISTO el Expediente N'º' 1.420.141/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO N'º' 523 del 30 de diciembre de 2010 y CONSIDERANDO:

Que a fojas 38 del Expediente N'º' 1.420.141/10, obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA), por la parte sindical y la empresa COLEAL SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa homologado por la Disposición D.N.R.T. N'º' 523/10 y registrado bajo el N'º' 1177/11 “E”, conforme surge de fojas 68/70 y 73, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artÃculo 245 de la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 81/85, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del ArtÃculo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y en la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N'º' 11 del 6 de enero de 2006.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO DISPONE:

ARTICULO 1

'º — FÃjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo de empresa homologado por la Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO N'º' 523 del 30 de diciembre de 2010 y registrado bajo el N'º' 1177/11 “E” suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2

'º — RegÃstrese la presente Disposición en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, gÃrese al Departamento Coordinación de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 3

'º — RemÃtase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4

'º — GÃrese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5

'º — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por la presente, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el ArtÃculo 5'º de la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dra. SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo;

Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

ANEXO Expediente N'º' 1.420.141/10

PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR,

ENTRETENIMIENTO,

ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA c/ COLEAL SOCIEDAD ANONIMA - Tope General - Tope Zona (Neuquén) CCT N'º' 1177/10 “E” 1/12/2010

1/12/2010 $' 4.253,12 $' 5.194,38 $' 12.759,36 $' 15.583,14

Expediente N'º' 1.420.141/10

Buenos Aires, 15 de abril de 2011

De conformidad con lo ordenado en RESOLUCION ST N'º' 296/11, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 167/11 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

MINISTERIO DE...

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