Disposición 2693/2020

Fecha de publicación29 Julio 2020
SecciónDisposiciones
EmisorDIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES


Ciudad de Buenos Aires, 23/07/2020

VISTO el Expediente EX-2018-36764534- -APN-DGA#DNM, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N 25.164, la Ley N° 27.467, el Decreto N°2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, el Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio el Decreto N° 859 del 26 de septiembre de 2018 y el Decreto Nº 4 del 2 de enero de 2020, las Decisiones AdministrativasN°1145 del 18 de octubre de 2016 y N° 338 del 16 de marzo de 2018, la Resolución N° 39 del 18 de marzo de 2010 de la Ex - SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, la Resolución de la Ex SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Nº 5-E del 3 de febrero de 2017,las Disposiciones DI-2017-4160-APN-DNM#MI del 11 de julio de 2017, DI-2017-4635-APN-DNM#MI del 11 de agosto de 2017 y DI-2018-1332-APN-DNM#MI del 5 de abril de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 3° del Decreto N° 355/17, sustituido por el artículo 2° del Decreto N° 859/18, se dispone que toda designación del personal ingresante a la planta permanente como asimismo la promoción del personal que revista en la planta permanente, luego de la sustanciación de los respectivos procesos de selección, en cargos vacantes y financiados presupuestariamente en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada en cargos de las estructuras organizativas serán efectuadas en sus respectivas jurisdicciones por los Ministros, los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y los Secretarios de Gobierno.

Que el artículo 5° del Decreto N° 355/17, sustituido por el artículo 4° del Decreto N° 859/18, establece que los organismos descentralizados con facultades relacionadas con la administración de su personal establecidas en sus normas de creación o en normas especiales, mantienen las mismas en los términos de los artículos 3°, 4° y 8° del mencionado Decreto.

Que el entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a través de su Dictamen IF-2017-32619814-APN-ONEP#MM se expidió manifestando que la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES deviene competente para aprobar las designaciones de personal en la planta permanente luego de la sustanciación de los respectivos procesos de selección, entre otras cuestiones.

Que por la Decisión Administrativa Nº 1145/16 se autorizó como excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 27.198, la cobertura mediante los respectivos procesos de selección de TRES MIL CIEN (3.100)...

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