Disposición 470/2010

EmisorCitaciones y Notificaciones, Concursos y Quiebras, Otros
Fecha de la disposición28 de Marzo de 2011

Lunes 28 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.117 75

ARTICULO 3

'° — ComunÃquese que en caso que las partes no dieran cumplimiento a lo solicitado en el ArtÃculo precedente, el correspondiente cálculo de tope indemnizatorio no podrá ser efectuado en razón de no contar con la información necesaria a tal efecto.

ARTICULO 4

'° — RegÃstrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 5

'° — RemÃtase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 6

'° — GÃrese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias.

ARTICULO 7

'° — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por la presente, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el ArtÃculo 5'° de la Ley N'° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 8

'° — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO I Expediente N'° 1.340.503/09

PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO SINDICATO DE ELECTRICISTAS ELECTRONICISTAS NAVALES c/ CAMARA NAVIERA ARGENTINA CCT N'° 573/09

Tope General 1/8/2009 $ 8.205,70 $ 24.617,10

Tope General Buque Mayor 1/8/2009 $ 9.436,56 $ 28.309,68

Tope Buque Inflamable 1/8/2009 $ 9.436,56 $ 28.309,68

Tope Buque Mayor Inflamable 1/8/2009 $ 10.667,42 $ 32.002,26

Tope Buque Quimiquero o Gasero 1/8/2009 $ 9.846,84 $ 29.540,52

Tope Buque Mayor Quimiquero o Gasero 1/8/2009 $ 11.077,70 $ 33.233,10

ANEXO II Expediente N'° 1.340.503/09

PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO CENTRO DE PATRONES Y OFICIALES FLUVIALES, DE PESCA Y CABOTAJE MARITIMO c/ CAMARA NAVIERA ARGENTINA CCT N'° 567/09

Tope General 1/8/2009 $ 12.378,18 $ 37.134,54

Tope General Buque Mayor 1/8/2009 $ 14.234,91 $ 42.704,73

Tope Buque Inflamable 1/8/2009 $ 14.234,91 $ 42.704,73

Tope Buque Mayor Inflamable 1/8/2009 $ 16.091,63 $ 48.274,89

Tope Buque Quimiquero o Casero 1/8/2009 $ 14.853,81 $ 44,561.43

Tope Buque Mayor Quimiquero o Casero 1/8/2009 $ 16.710,54 $ 50.131,62

ANEXO III Expediente N'° 1.340.503/09

PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO CENTRO DE JEFES Y OFICIALES MAQUINISTAS NAVALES c/ CAMARA NAVIERA ARGENTINA Acuerdo N'° 752/10

Tope General 1/8/2009 $ 11.413,39 $ 34.240,17

Expediente N'° 1.340.503/09

Buenos Aires, 20 de diciembre de 2010

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N'° 1960/10, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 657/10 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

% 75 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'° 1901/2010

Tope N'° 638/2010

Bs. As., 7/12/2010

VISTO el Expediente N'° 1.396.784/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N'° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N'° 1690 del 4 de noviembre de 2010, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 13 del Expediente N'° 1.396.784/10 obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACION DEL PERSONAL DE EMPRESAS DE INFORMACION y la CAMARA DE EMPRESAS DE INFORMACION COMERCIAL, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N'° 440/06, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'° 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. N'° 1690/10 y registrado bajo el N'° 1659/10, conforme surge de fojas 31/33 y 36 respectivamente.

Que el segundo párrafo del artÃculo 245 de la Ley N'° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes Indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de...

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