Disposición 264.

Fecha de disposición19 Mayo 2016
Fecha de publicación19 Mayo 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Disposición 264/2016

Bs. As., 22/04/2016

VISTO el Expediente N° 399.292/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 659 del 12 de noviembre de 2015 y la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 38 del 23 de febrero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 1 del Expediente N° 399.292/15, obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa SIERRAS HOTEL SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 859/07 "E", conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el precitado acuerdo fue oportunamente homologado por la Disposición D.N.R.T. N° 659/15 y registrado bajo el N° 1636/15, conforme surge de fojas 31/33 y 36, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a tal efecto, mediante la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 38 del 23 de febrero de 2016, se solicitó a las partes la presentación de las escalas salariales correspondientes al Acuerdo N° 1636/15.

Que a fojas 52/53 del Expediente N° 399.292/15, obra la presentación efectuada por las partes, cumplimentando lo requerido.

Que a fojas 56/60, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones...

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