Disposición 264/2022

Fecha de publicación04 Abril 2022
SecciónDisposiciones
EmisorPREFECTURA NAVAL ARGENTINA DIRECCIÓN DE POLICÍA DE SEGURIDAD DE LA NAVEGACIÓN


Ciudad de Buenos Aires, 31/03/2022

Visto el Expediente EX-2022-30633028- -APN-DPSN#PNA, lo informado por el Departamento Practicaje y Personal de la Navegación, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 11 de marzo de 2020 la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD, en adelante la OMS, declaró el brote del virus SARS-CoV-2 como una pandemia.

Que en dicho marco, mediante el Decreto N° 260/20 se amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto N° 167/21, en los términos del mismo.

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 867/21 (DECNU-2021-867-APN-PTE), se prorrogó el Decreto N° 260/20, sus modificatorios y normas complementarias, hasta el día 31 de diciembre de 2022.

Que el 25 de noviembre de 2021 la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) declaró a la nueva variante del coronavirus B.1.1.529 denominada “Ómicron” como “variante de preocupación” en todo el mundo por el “alto riesgo de contagio”.

Que en vista de la continuidad de la gravedad de la situación sanitaria planteada y en base a la evolución epidemiológica que está experimentando la pandemia, ante la persistencia de los riesgos de contagio viral, esta Autoridad Marítima considera necesario proyectar medidas preventivas a futuro y también unificar criterios de vencimientos que eviten posibles confusiones ante las diferentes prórrogas ya otorgadas.

Que mediante Nota NO-2022-30448567-APN-SSPVNYMM#MTR de fecha 30 de marzo del corriente año, la Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante, Autoridad de Aplicación del “Reglamento de Formación y Capacitación del Personal Embarcado de la Marina Mercante”(REFOCAPEMM), autorizó con carácter excepcional a prorrogar los Títulos Y Certificados Nacionales e Internacionales otorgados al personal de la Marina Mercante Nacional.

Que el plazo de validez de las habilitaciones contempladas en la Resolución del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos N° 285/2003 se asimila a la vigencia de los Títulos extendidos conforme lo establecido en el “Reglamento de Formación y Capacitación del Personal Embarcado de la Marina Mercante”(REFOCAPEMM), alcanzados por la prórroga otorgada en la Nota mencionada en el párrafo precedente.

Que por DISFC-2021-1219-APN-DPSN#PNA, de fecha 30 de diciembre de 2021, se dispuso la prórroga de carácter excepcional a los Refrendos de expedición de...

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