Disposición 262/2015

Fecha de disposición03 Junio 2015
Fecha de publicación10 Junio 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33147



ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Disposición 262/2015

Asunto: Designación de Representante del Fisco Nacional (AFIP) para actuar en cuestiones ajenas a la materia impositiva, aduanera o previsional, en las causas en que la Administración Federal de Ingresos Públicos sea parte.

Bs. As., 3/6/2015

VISTO la ACTUACIÓN SIGEA AFIP N° 13595-117-2015 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el VISTO, la Dirección de Asuntos Legales Administrativos, en atención a necesidades funcionales, solicita designar un nuevo Representante del FISCO NACIONAL para intervenir en todo planteo jurídico relacionado con juicios ajenos a la materia impositiva, aduanera o previsional, en los que la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS sea parte, en dicha jurisdicción.

Que la Subdirección General de Asuntos Jurídicos ha prestado su conformidad.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL

DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1°

— Desígnase al abogado Martín Cruz AYERBE (D.N.I. N° 23.174.865 - Legajo N° 43.137/93), quien se desempeña en la Dirección de Asuntos Legales Administrativos, para que en representación y defensa del FISCO NACIONAL (ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS), intervenga en todo planteo jurídico relacionado con juicios ajenos a la materia impositiva, aduanera o previsional en los que el Organismo sea parte en calidad de actor o demandado o en cualquier otro carácter, para que se presente con escritos, escrituras, testigos, documentos y toda clase de pruebas, produzca las informaciones a que hubiere lugar, formule denuncias, solicite informes, interponga en tiempo y forma en todos los grados e instancias los recursos de apelación, nulidad, inconstitucionalidad y otros que las leyes permitan, tache y recuse, ponga y absuelva posiciones, inhibiciones y sus levantamientos, pida indemnizaciones por daños y perjuicios, y cuantos más actos, gestiones y diligencias procesales se requieran para el mejor cumplimiento de la representación otorgada.

ARTÍCULO 2°

— El...

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