Disposición 261/2019

Fecha de publicación02 Mayo 2019
SecciónDisposiciones
EmisorCOMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
undefinedCiudad de Buenos Aires, 29/04/2019

VISTO el Expediente N° EX-2018-48743502-APN-MESYA#CNRT, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución CNRT N° 659/97, se resolvió que este Organismo ejerza las funciones conducentes a la habilitación del personal de conducción de vehículos ferroviarios, que hasta entonces desarrollaba el Centro de Exámenes de Conducción de la empresa FERROCARRILES ARGENTINOS (e.l.), aprobando en su Anexo I los aranceles de los exámenes de los postulantes.

Que posteriormente la Resolución N° 759/14, modificada por la Resolución N° 249/16 y por la Disposición N° 654/17, todas de esta COMISIÓN NACIONAL, aprobaron el REGLAMENTO DE EXÁMENES PARA EL OTORGAMIENTO DEL CERTIFICADO DE IDONEIDAD PROFESIONAL Y HABILITACIÓN DEL PERSONAL DE CONDUCCIÓN FERROVIARIA, como así también los modelos de Comprobante de Examen y de Certificado de Idoneidad Profesional, y reemplazó el Anexo I de la aludida Resolución CNRT N° 659/97.

Que en otro orden, por la Resolución Nº 2560/00, modificada por las Resoluciones N° 3853/00, N° 249/16 y la Disposición N° 654/17, todas de esta Entidad, se aprobaron los importes a percibir en concepto de gastos administrativos, por los trámites enunciados en su Anexo I.

Que por otra parte, se dictó la Resolución CNRT N° 872/14, modificada por la mentada Disposición CNRT N° 654/17, que estableció los costos que debían abonar los transportistas por el Documento de Control Horario, implementada por la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE TRANSPORTE N° 239/98, como así también por la adquisición de los carteles para identificación exterior de los vehículos destinados al traslado de más de CINCO (5) personas, afectados a la prestación de Servicios de Oferta Libre, que fuera establecida por la Resolución CNRT N° 6015/07.

Que la normativa referida en el considerando anterior no contempló el arancel de los trámites que se derivan de la reposición del aludido Documento de Control de Horarios, ante el extravío.

Que además de incorporar el arancelamiento de esa tramitación, resulta conveniente adecuar la estructura arancelaria vigente a fin que guarde relación con el costo que le reporta a esta Entidad cumplir con las tareas asignadas por el plexo normativo antes reseñado, en lo que se refiere a recursos humanos, logística, estructura organizativa e insumos, generando una unidad de medida que equilibre en el tiempo las variables dinámicas que surgen de la relación del arancel y la tarifa del servicio de transporte que origina el trámite.

Que...

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