Disposición 12/2007

Fecha de disposición08 Febrero 2007
Fecha de publicación08 Febrero 2007
MateriaFinanciero
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31091

Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Disposición 12/2007

Convócase a las Entidades Financieras autorizadas por el Banco Central de la República Argentina, a participar de la licitación de cupos de crédito con tasa bonificada en el Programa de Estímulo al Crecimiento, previstos en los incisos a) y g) del Artículo 8º del Decreto Nº 871/2003.

Bs. As., 7/2/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0015902/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y sus modificatorios aprobaron el Organigrama de Aplicación de la Administración Centralizada del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, por el cual se transfirió la ex-SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL como Subsecretaría a la órbita de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA de dicho Ministerio, y asignándole a la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION las áreas de competencia que le asistían a la entonces SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex-MINISTERIO DE LA PRODUCCION.

Que la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION es la Autoridad de Aplicación de los Títulos I y II de la Ley Nº 24.467, modificada por la Ley Nº 25.300, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y sus modificatorios.

Que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas contribuyen significativamente con el desenvolvimiento integrado de la actividad económica en todo el territorio del país.

Que es conveniente generar disponibilidades financieras destinadas a las inversiones de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, con la finalidad de optimizar, transformar o reconvertir procesos productivos que tiendan al logro de una mejora sustancial en el desempeño medioambiental.

Que, en ese marco, se estima adecuado y oportuno continuar impulsando el financiamiento en Pesos de bienes de capital, nuevos sin uso de origen nacional, y efectuar un nuevo llamado a licitación de cupos de crédito para bonificación de tasas en el marco del Programa de Estímulo al Crecimiento.

Que el Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas fue creado mediante el dictado del Decreto Nº 748 de fecha 29 de agosto de 2000, el cual fue a su vez modificado ulterior y parcialmente mediante los Decretos Nros. 871 de fecha 6 de octubre de 2003 y 159 de fecha 24 de febrero de 2005.

Que asimismo, el Decreto Nº 159/05 aprobó el Reglamento del Régimen de Bonificación de Tasas.

Que el Artículo 2º del Decreto Nº 159/05 establece que el ESTADO NACIONAL bonificará el equivalente de hasta OCHO (8) puntos porcentuales sobre la tasa nominal anual que establezcan las Entidades Financieras por préstamos que se otorguen en el marco del Régimen de Bonificación de Tasas. Dicha bonificación no podrá en ningún caso superar el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la tasa nominal anual, ofertada por las Entidades Financieras adjudicatarias del respectivo cupo de crédito bonificable.

Que el Artículo 8º del Anexo al Decreto Nº 159/05, enumera los destinos que deberán observar los créditos susceptibles de la bonificación de tasa instituida por la Reglamentación, el que en su inciso e), permite el financiamiento destinado a la adquisición de bienes de capital mediante el Sistema de Leasing.

Que, sin perjuicio de ello, el inciso e), del Artículo del Decreto Nº 748/00 modificado por su par Nº 871/03, permitía con anterioridad bonificar tasa de interés sobre préstamos destinados a otras operaciones financieras tendientes a facilitar las inversiones y el crecimiento de las empresas.

Que conforme a lo prescripto en el Artículo 5º del Decreto Nº 871/03, la Autoridad de Aplicación posee la facultad de interpretar y determinar el alcance del Régimen de Bonificación de Tasas, pudiendo dictar disposiciones aclaratorias y complementarias del mismo.

Que el Decreto Nº 1075 de fecha 17 de agosto de 2006, autorizó la asignación de un cupo de hasta la suma de PESOS UN MIL MILLONES ($ 1.000.000.000.-) a fin de bonificar tasa en el marco del Programa de Bonificación de Tasa.

Que la Disposición Nº 94 de fecha 24 de marzo de 2004 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, dispuso y determinó las condiciones de implementación del Programa de Estímulo al Crecimiento.

Que de acuerdo con los destinos establecidos en los incisos a) y g) del Artículo 8º del Decreto Nº 871/03, un plazo máximo de SESENTA (60) meses para la devolución del préstamo y un monto total de PESOS OCHOCIENTOS MIL ($ 800.000.-) para ambas aplicaciones, constituyen una oferta de crédito adecuada para atender este tipo de inversiones de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que el Artículo 3º del Decreto Nº 159/05 establece que la Autoridad de Aplicación podrá otorgar una bonificación especial a favor de determinadas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que desarrollen sus actividades principales en provincias, jurisdicciones, regiones o áreas geográficas que observen desventajas económicas comparativas, debiendo establecer la mencionada autoridad en cada Convenio o llamado a licitación de cupos, las pautas que habrán de considerarse a los efectos de otorgar la bonificación especial.

Que en consecuencia, y con el objetivo principal de promover el acceso al financiamiento en condiciones de mayor equidad, contribuir a la reducción de las asimetrías provinciales existentes y favorecer...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR