Disposición 1726/2011

Fecha de la disposición16 de Marzo de 2011

Miércoles 16 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.111 39 y sus modificaciones) y de conformidad con lo dispuesto por los ArtÃculos 4'º y 6'º del Decreto N'º' 618 del 10 de julio 1997 y la Disposición N'º' 571/06 (AFIP) del 13 de septiembre de 2006, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA DISPONE:

ArtÃculo 1'º — DesÃgnase como Agentes Notificadores para que actúen conforme a la Ley N'º' 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modificaciones), en jurisdicción de la Dirección Regional San Juan, a los agentes Liliana Beatriz SUTER (LegajoN'º' 29.746/01-D.N.I.N'º' 12.306.485,Ester Beatriz ANDRADA (Legajo N'º' 84.790/01 - D.N.I.

N'º' 21.611.401), Walter Douglas PRIVIDERA (Legajo N'º' 73.418/41 - D.N.I. N'º' 14.991.233), Patricia Inés ONTIVERO (Legajo N'º' 42.127/75 - D.N.I.

N'º' 29.264.200), Liliana Argentina TELLO (Legajo N'º' 92.108/14 - D.N.I. N'º' 14.074.031), Julio RUEDA (Legajo N'º' 31.430/15 - D.N.I. N'º' 11.404.702),

Mauricio Javier ALMAZAN BALVERDE (Legajo N'º' 73.045/00 - D.N.I. N'º' 28.888.625), Héctor Fabián RIVA (Legajo N'º' 73.439/80 - D.N.I.

N'º' 16.865.270), Carlos Eduardo VALDEZ (Legajo N'º' 73.514/10 - D.N.I. N'º' 21.611.428), MarÃa Cecilia ASTORGA (Legajo N'º' 84.990/27 - D.N.I.

N'º' 30.822.021), Eduardo Emilio CORNEJO (Legajo N'º' 73.153/03 - D.N.I. N'º' 26.547.761), Mabel Virginia SALINAS (Legajo N'º' 73.466/81 - D.N.I.

N'º' 16.836.270) y Juan Pablo CASTRO (Legajo N'º' 25.981/75 - L.E. N'º' 6.719.419).

Art. 2

'º – RegÃstrese, comunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Angel R. Toninelli.

% 39 % % 39 % Administración Nacional de Medicamentos,

Alimentos y TecnologÃa Médica PRODUCTOS MEDICOS Disposición 1726/2011

ProhÃbese el uso y comercialización de un determinado producto.

Bs. As., 10/3/2011

VISTO el Expediente N'º' 1-47-18082-10-9 del Registro de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y TecnologÃa Médica; y CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones la Dirección de TecnologÃa Médica informa sobre las inspecciones realizadas a la firma G.E.

Lombardoi S.A.

no posee registro según Disposición âANMATâ N'º' 2318/02 (T.O. 2004) de los productos mencionados en el párrafo precedente, por lo que corresponde considerar a dichos productos médicos ilegÃtimos en los términos del Reglamento sobre Buenas Prácticas de Fabricación de...

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