Disposición 25. ASUNTO: Finalización y designación de jefaturas y supervisores interinos en el ámbito de la Subdirección General de Auditoría Interna.

Fecha de disposición26 Enero 2016
Fecha de publicación26 Enero 2016
SecciónAvisos Oficiales

Disposición 25/2016

ASUNTO: Finalización y designación de jefaturas y supervisores interinos en el ámbito de la Subdirección General de Auditoría Interna.

Bs. As., 22/01/2016

VISTO la Actuación N° 13316-12-2016 y sus agregadas sin acumular del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que a través de las mismas, los Abogados Jasmin Ayelen BUEP, Marcelo Alberto MAIDANA y Cecilia Mariela JORGE presentan las renuncias a los cargos de Jefa Interina de la División Auditoría de Cumplimiento Obligatorio y de Jefes Interinos del Departamento Auditoría Legal Operativa y de Soporte de la Dirección de Auditoría de Procesos Legales y del Departamento Riesgos Planificación y Control de la Subdirección General de Auditoría Interna, respectivamente.

Que la Subdirección General de Auditoría Interna accede a lo solicitado y propone dar por finalizadas funciones y designar a diversos agentes para desempeñarse en el carácter de Jefes Interinos y de Supervisores Interinos de diversas Unidades de Estructura en el ámbito de su jurisdicción.

Que el artículo 6°, inciso 1) b) del Decreto N° 618/97, otorga a esta Administración Federal la facultad de organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración de personal, siendo competencia de la misma la evaluación de la facultades discrecionales.

Que dichas potestades poseen una particular relevancia institucional en el caso de la Administración Federal de Ingresos Públicos en razón de la función estratégica del servicio (Art. 4° C.N.) que se le ha encomendado por imperativo legal (Decretos Nros. 1156/96, 618/97 y 1399/01), consistente en la gestión de las políticas tributarias, fiscales y aduaneras del Estado Nacional.

Que la medida respeta la estabilidad que gozan los agentes de Planta Permanente de este Organismo, atento a que de acuerdo a lo que prescriben el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo - Laudo N° 15/91 (t.o. Resolución S.T. N° 925/10), la estabilidad es el derecho del agente de planta permanente a conservar el empleo y el nivel alcanzado en el escalafón, calidad que en el presente acto se mantiene estrictamente.

Que al estar receptada en la normativa legal y convencional vigente, la asignación y finalización de funciones forma parte de la actividad habitual de este Organismo y en tal sentido ha sido respaldada por vasta jurisprudencia...

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