Disposición 25/2023

Fecha de publicación19 Enero 2023
EmisorAGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 13/01/2023

VISTO: El expediente EX-2022-110256761- -APN-DGA#ANSV del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las Leyes Nacionales Nros. 19.511, 24.449, 25.650, 26.353 y 26.363, los Decretos Reglamentarios Nros. 779 del 20 de noviembre de 1995, 1.232 del 11 de septiembre de 2007 y 1.716 del 5 de noviembre de 2008, la Disposición de la Dirección Nacional de Comercio Interior N° 6 del 4 de marzo de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente mencionado en el visto, el municipio de Senillosa, provincia de Neuquén, solicitó la intervención de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV), en su carácter de autoridad máxima nacional en materia de seguridad vial, a fin de que la misma proceda a otorgarle autorización de uso de DOS (2) cinemómetros controladores de velocidad de instalación móvil, marca STALKER, modelo LIDAR, Nros. de serie LS080588 y LS080607, para ser utilizados entre los Kilómetros 1.252 y 1.256 de la Ruta Nacional N° 22, en ambos sentidos de circulación.

Que, los cinemómetros controladores de velocidad mencionados cuentan con aprobación de modelo, otorgada mediante Disposición de la Dirección Nacional de Comercio Interior N° 6 del 4 de marzo de 2015. Asimismo, cuentan con sus respectivos certificados de verificación primitiva, vigentes a la fecha, otorgados tanto por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI) como por la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo.

Que los dispositivos mencionados cumplen con las especificaciones y tolerancias reglamentarias de la normativa vigente de conformidad con lo regulado en los apartados 2, 3, 5 y 6 del Anexo II del Decreto 1.716/2008.

Que, la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, conforme lo establecido en el art 4° inciso ñ) de la Ley N° 26.363 tiene como función autorizar la colocación en caminos, rutas y autopistas de jurisdicción nacional de sistemas automáticos y semiautomáticos de control de Infracciones, como así también el uso de estos sistemas por las autoridades de constatación, previendo que las homologaciones y verificaciones del funcionamiento de los mismos deberá coordinarse con los demás Organismos nacionales competentes en la materia, de conformidad con las Leyes N° 19.511 y N° 25.650.

Que la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, conforme lo establecen los apartados 1 y 10 del Anexo II del Decreto N° 1716/2008 es responsable por la homologación de los dispositivos...

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