Disposición 26/2011

EmisorAdministracion Federal de Ingresos Publicos
Fecha de la disposición 8 de Febrero de 2011

Martes 8 de febrero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.087 35

Comisión para el Area Aduanera Especial, por intermedio de los mismos funcionarios.

1.3. Los funcionarios designados deberán informar permanentemente al Administrador Federal de Ingresos Públicos, sobre su cometido en la citada Comisión y el accionar de la misma, para lo cual remitirán copias de las actas de las sesiones y todo otro instrumento que, en orden a su competencia, emane de dicho cuerpo, con las consideraciones que estimen corresponder.

% 35 % % 35 % Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Resolución General 3020

Impuesto sobre los Combustibles LÃquidos. Ley N'º' 23.966, TÃtulo III de Impuesto sobre los Combustibles LÃquidos y el Gas Natural (t.o. en 1998 y sus modificaciones). Nómina de marcadores quÃmicos y reagentes homologados. Proveedores autorizados para su comercialización.

Resolución General N'º' 2562. Norma complementaria.

Bs. As., 27/1/2011

VISTO la Actuación SIGEA N'º' 10056-1372-2010 del Registro de esta Administración Federal, y CONSIDERANDO:

Que conforme a lo dispuesto por la Resolución General N'º' 1359, sus modificatorias y sus complementarias, esta Administración Federal homologará mediante el dictado de una resolución general, los marcadores quÃmicos y reagentes —que deberán utilizar los sujetos pasivos del impuesto y los titulares de estaciones de servicio, bocas de expendio, distribuidores, fraccionadores y revendedores de combustibles lÃquidos—, que resulten aprobados para su comercialización e informar la respectiva empresa proveedora autorizada.

Que atendiendo a razones operativas y de administración tributaria, se entiende necesario prolongar la vigencia de la homologación de los marcadores quÃmicos y reagentes y de la autorización de la respectiva empresa proveedora, establecidas por la Resolución General N'º' 2562.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos JurÃdicos y de Fiscalización y la Dirección General Impositiva.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el ArtÃculo 14 de la Ley N'º' 23.966, TÃtulo III de Impuesto sobre los Combustibles LÃquidos y el Gas Natural, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, por el ArtÃculo 31 del Anexo del Decreto N'º' 74 del 22 de enero de 1998 y sus modificaciones y por el ArtÃculo 7'º de Decreto N'º' 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:

ArtÃculo 1'º — Extiéndese la vigencia de la homologación del sistema marcador/reagente y la autorización otorgada a la empresa proveedora para comercializar dichos productos, establecidas por los ArtÃculos 1'º y 2'º de la Resolución General N'º' 2562, hasta el dÃa 31 de mayo de 2011, inclusive.

Art. 2

'º — RegÃstrese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese.

— Ricardo Echegaray.

% 35 % A efectos de que el programa aplicativo realice el cálculo aplicando las alÃcuotas reducidas, los referidos sujetos deberán identificarse consignando como tipo de empleador “Administración Pública”.

La utilización del Release 2 de la Versión 34 del mencionado programa aplicativo, implicará para las Instituciones Universitarias Nacionales la aceptación de las condiciones establecidas por el Decreto N'º' 1571/10.

Art. 2

'º — El derecho de aplicación de las alÃcuotas reducidas quedará sujeto al cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto N'º' 1571/10, en la forma, plazos y condiciones que establecerá esta Administración Federal.

Su incumplimiento ocasionará la pérdida del beneficio, en cuyo caso corresponderá el ingreso de las diferencias de contribuciones patronales con más los intereses resarcitorios devengados desde los respectivos vencimientos.

Art. 3

'º — Apruébase el Release 2 de la Versión 34 del programa aplicativo denominado “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social - SICOSS”.

Art. 4

'º â Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia a partir de su publicación en el BoletÃn Oficial, inclusive y serán de aplicación para la generación de las...

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