Disposición 2480/2020

Fecha de publicación13 Julio 2020
SecciónDisposiciones
EmisorDIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES


Ciudad de Buenos Aires, 24/06/2020

VISTO el Expediente EX-2020-29099414--APN-DG#DNM del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, las Leyes Nº 27.467 y N° 25.871 y sus modificatorias, el Decreto Reglamentario N° 616 del 3 de mayo de 2010, el Decreto N° 895 del 9 de octubre de 2018, el Decreto N° 260 del 12 de marzo de 2020, el Decreto N° 297 del 19 marzo de 2020, el Decreto N° 325 del 31 de marzo de 2020, el Decreto N° 355 del 11 de abril de 2020 y el ACUERDO DE DONACIÓN entre la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES (OIM) y la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 260/20 se estableció ampliar la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el COVID-19, por el plazo de UN (1) año.

Que la velocidad en el agravamiento de la situación epidemiológica a escala internacional requirió la adopción de medidas inmediatas para hacer frente a la emergencia, dando lugar al dictado del Decreto N° 297/20 que estableció el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” durante el plazo comprendido entre los días 20 y 31 de marzo de 2020.

Que la citada medida, por similares razones, fue prorrogada mediante los Decretos Nros. 325/20 y 355/20, hasta el día 12 de abril y el día 26 de abril del año en curso, respectivamente.

Que en el marco de la pandemia mencionada, el día 29 de abril de 2020, se celebró el ACUERDO DE DONACIÓN entre la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES (OIM) y la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, en la cual la referida Organización le donó a esta Dirección Nacional CATORCE MIL (14.000) barbijos descartables “Bicapa” (tela doble y ajustable).

Que la mencionada organización goza de un amplio reconocimiento por la labor internacional que realiza, trabajando y colaborando con los gobiernos de los distintos estados y promoviendo la protección de los derechos de los migrantes, la migración y la salud, y la dimensión de género en la migración.

Que, asimismo, el artículo 7° del Anexo I del Decreto N° 895/18 faculta a los y a las titulares de las jurisdicciones de la Administración Pública Nacional a aceptar las donaciones de bienes muebles, con o sin cargo, conforme la voluntad que tuviera el donante y a los fines específicos del organismo beneficiario.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES realiza...

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