Disposición 602/2011

Fecha de la disposición 1 de Febrero de 2011

Martes 1 de febrero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.082 7 términos de la Ley N'º' 25.054 y sus modificatorias.

Que la Ley N'º' 25.054 en su artÃculo 9'º establece que la autoridad de aplicación de la norma deberá controlar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artÃculo 7'º del mismo cuerpo legal, y las disposiciones que se establezcan a efectos de otorgar, suspender o retirar el reconocimiento de las Entidades de Bomberos Voluntarios.

Que la Resolución del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS N'º' 420/2003 ha creado el REGISTRO DE ENTIDADES DE BOMBEROS VOLUNTARIOS Y ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES de carácter voluntario y de servicio gratuito, que posean personerÃa jurÃdica a nivel nacional o provincial y tengan por objeto desarrollar actividades relacionadas con la protección civil de la población.

Que el informe producido por la DIRECCION DE CONTROL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS Y DE COORDINACION DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES (ONGs) dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION CIVIL, da cuenta de que los antecedentes reunidos en las actuaciones respecto de la entidad denominada ASOCIACION CIVIL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE LAMARQUE, de la PROVINCIA DE RIO NEGRO, satisfacen los requisitos formales dándose cumplimiento a las disposiciones contenidas en el artÃculo 4'º de la mencionada Resolución, en cuanto a que la institución tiene personerÃa jurÃdica a nivel nacional, habiendo acompañado, asimismo, el documento de constitución, el estatuto reglamentario de la organización y acta de asamblea de elección de autoridades con mandatos vigentes.

Que, en consecuencia, la institución debe ser reconocida con ajuste al contenido del artÃculo 9'º de la Ley N'º' 25.054.

% 7 % Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y TecnologÃa Médica ESPECIALIDADES MEDICINALES Disposición 602/2011

ProhÃbese la comercialización y uso de un producto medicinal.

Bs. As., 25/1/2011

VISTO el Expediente N'º' 1-47-1110-837-10-1 del Registro de esta Administración Nacional ; y CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el Visto el Instituto Nacional de Medicamentos —INAME— hace saber las irregularidades detectadas respecto del producto SOLUCION DEXTROSA 50% INYECTABLE X 20 ml, sin datos de codificación de lote y fecha de vencimiento, Laboratorio Norgreen S.A.

Que de lo actuado surge que a través del Sistema Nacional de Fármacovigilancia se...

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